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Mas alega que se ha vulnerado la Constitución en su recurso del 9-N

El expresidente catalán pide al Tribunal Supremo que le absuelva de desobediencia

Jesús García Bueno
Artur Mas, entre Irene Rigau y Joana Ortega.
Artur Mas, entre Irene Rigau y Joana Ortega.Joan Sánchez

El expresidente de la Generalitat, Artur Mas, apelará a la Constitución Española para ser absuelto por desobedecer una resolución del máximo intérprete del texto: el Tribunal Constitucional. Mas alegará que la sentencia que le ha condenado a dos años de inhabilitación ha vulnerado algunos de los derechos fundamentales que consagra la Carta Magna. Ese argumento formará parte del recurso de casación que el expresident interpondrá ante el Tribunal Supremo (TS) para lograr la absolución.

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Mas y dos consejeras de su Gobierno -la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsejera de Enseñanza Irene Rigau- fueron condenados a penas de inhabilitación por organizar la consulta del 9 de noviembre de 2014 pese a que, cinco días antes, había sido prohibida por el Tribunal Constitucional. La condena les impide (debido a un artículo de la Ley Electoral) presentarse como candidatos en una lista electoral. Sus abogados han anunciado ya al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (el órgano que les condenó) que acudirán al Tribunal Supremo. También lo hará la Fiscalía, que pide su condena también por prevaricación.

El escrito de Mas señala 13 motivos de recurso; la mayoría de ellos por "infracción de ley" y por vulneración de artículos del Código Penal. El expresidente catalán también alega que el TSJC incurrió en un "error en la valoración de la prueba" documental. En concreto, del informe emitido por el llamado Consejo Asesor para la Transición Nacional después de que el Constitucional prohibiera, el 4 de noviembre, la consulta independentista del 9-N. El abogado de Mas, Javier Melero, agrega que el tribunal le denegó una prueba "de forma indebida".

Los cinco últimos razonamientos de Mas tienen que ver con la infracción de preceptos constitucionales. La defensa del expresidente catalán considera que la sentencia ha vulnerado derechos fundamentales de Mas, como el derecho a la presunción de inocencia y a un proceso público con todas las garantías; y el derecho a la tutela judicial efectiva. El escrito sostiene que la resolución ha quebrantado igualmente otros artículos de la Constitución. Se trata del artículo 25 ("nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito"); del 14 ("los españoles son iguales ante la ley") y del 23.1 ("los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos").

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Joana Ortega fundamenta el recurso en cinco grandes motivos, que después desarrolla: infracción de preceptos constitucionales, infracción de ley, error en la apreciación de la prueba y quebrantamiento de forma (citado en dos ocasiones). El abogado de la exvicepresidenta del Gobierno catalán, Rafael Entrena, señala que la sentencia del TSJC "supone una manifiesta vulneración" de los artículos 14, 23, 25.1 (como Mas), pero también del 20 (que reconoce el derecho "a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones").

El escrito de Ortega va más allá y cita que toda esa supuesta vulneración de derechos ("a la igualdad ante la ley, a la libertad ideológica y de expresión, a la libre participación de los ciudadanos en los asuntos públicos") servirá también para formular un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en caso de que el Supremo no atienda sus peticiones. Jordi Pina, abogado de Irene Rigau, incide en la vulneración de los derechos constitucionales también con la vista puesta en la justicia europea.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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