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La Audiencia Nacional avala la cesión a Paradores del castillo de Monterrei

El proyecto estrella de Feijóo para Verín incumple el plan de urbanismo y el dictamen del Consello da Cultura Galega

Castillo de Monterrei
Castillo de MonterreiNACHO GÓMEZ

La larga batalla vecinal contra la conversión del castillo de Monterrei en parador llega a su fin. La Audiencia Nacional, a la que la Xunta de Galicia recurrió una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Ourense que anulaba la licencia de obra concedida por el Ayuntamiento de Monterrei a la Axencia de Turismo de Galicia para ejecutar los trabajos de reconversión, ha fallado a favor de la administración autonómica. La Audiencia Nacional echa por tierra no solo el argumento del juzgado ourensano, sino también el demoledor dictamen, no vinculante, emitido por el Consello da Cultura Galega en contra de la conversión en hospedaje, para entregar a Paradores de España, de la acrópolis mejor conservada de Galicia.

Para que este proyecto estrella de Alberto Núñez Feijóo (el presidente gallego lo ideó durante su asistencia a unos Carnavales de Verín junto a su amigo, el entonces alcalde de ese Ayuntamiento, Juan Manuel Jiménez Morán, designado senador por la Xunta al perder la alcaldía) el Gobierno central tuvo que cambiar por decreto los usos con los que había cedido el histórico recinto a la Xunta (culturales, cívicos y de promoción de la comarca) y añadirle el hotelero. A mayores, el Ayuntamiento de Monterrei ejecutó la obra sin la correspondiente licencia. El Ayuntamiento de Monterrei deberá ahora modificar ahora el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) para adecuarlo a la ejecución de la obra.

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La sentencia de la Audiencia Nacional es, no obstante, rotunda. Sostiene que no existe infracción toda vez que el Gobierno gallego “en el ejercicio de las competencias que tiene asumidas en virtud de su Estatuto de Autonomía”, amplió el destino “previsto en principio para un uso parcial hotelero, asegurando la compatibilidad de esta actuación con una gestión unitaria del conjunto monumental y su dedicación a los fines inicialmente autorizados”. Destaca además que el acuerdo de cesión inicial “fue sometido al preceptivo informe del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puesto que tal cesión suponía la salida temporal de los bienes del ámbito de derechos de la Administración General del Estado” y precisa que el acuerdo de ampliación de uso, “no altera sustancialmente la cesión efectuada en origen, al continuar los bienes cedidos bajo la esfera de responsabilidad de la Xunta de Galicia, sin que en este caso se produzca ninguna enajenación”.

La plataforma en defensa del castillo se cuestiona la posibilidad de recurrir esta sentencia “que tiene ya un recorrido limitado”. En opinión del colectivo, la sentencia garantiza el uso cultural del castillo pero consagrado al ámbito privado de Paradores”. Esto es, mantiene la calificación de Bien Cultural “pero para uso privado”, puntualiza la plataforma vecinal. Se da la circunstancia de que a apenas 400 metros del bien histórico que pasará a la red de Paradores se levanta el Parador de Verín, el más deficitario de España, en palabras del propio presidente de la Xunta.

La Audiencia da por válidos, de hecho, los argumentos del Gobierno autonómico relativos a que la propuesta de paradores “se valoró como una oportunidad para solucionar el poco atractivo del actual Parador y salvar los puestos de trabajo de su personal y revitalizar la afluencia turística a la Fortaleza y por ende de toda la Comarca de Verín, complementando el uso cultural-monumental con unos servicios que permitirán la afluencia de visitantes y revitalizar la zona”. Asimismo, asume el razonamiento de la Xunta de que la incorporación del uso hotelero en el castillo “sigue permitiendo la visita al público y el recorrido por los lugares de interés del conjunto monumental” y puntualiza que ello es posible “sin entrar en conflicto con el funcionamiento del hotel”, de uso privado.

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