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El TSJC rechaza la petición de Joana Ortega de adelantar su inhabilitación por el 9-N

La exvicepresidenta quiere acabar condena a tiempo de presentarse a las elecciones municipales en Barcelona de 2019

Joana Ortega, en una fotografía de archivo.
Joana Ortega, en una fotografía de archivo.EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado la petición de la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega de adelantar la ejecución de inhabilitación de un año y nueve meses a antes de que el Tribunal Supremo (TS) resuelva el recurso contra la sentencia que le condenó por la consulta independentista del 9-N porque "no es ejecutable hasta que gane firmeza".

Ortega solicitaba que la sentencia empezara aplicarse ya para así poder concurrir a las próximas elecciones municipales, que deben celebrarse en 2019. La exvicepresidenta tiene la intención de disputar a Ada Colau la alcaldía de Barcelona.

El abogado de Ortega, Rafael Entrena, defendió en su petición al TSJC que, si el Supremo confirmara en el futuro el fallo -que la condenó a un año y nueve meses de inhabilitación por desobedencia- la condena sería mucho mayor porque "se sumaría la inhabilitación efectiva a la que se encuentra sometida desde la fecha en que el TSJC dictó condena".

El presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, ya adelantó hace unas semanas en declaraciones a los medios que Ortega debe esperar a que el TS resuelva los recursos de casación presentados contra la sentencia del 9-N, que también condenó al entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, y a la que era consejera de Enseñanza, Irene Rigau.

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