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La justicia anula que el personal de la Generalitat hable solo en catalán

El Tribunal Superior de Justicia da la razón a un pediatra del hospital Juan XXIII

Àngels Piñol
Fachada del TSJC.
Fachada del TSJC.juan barbosa

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia en la que anula varios preceptos del protocolo de uso lingüístico de la Generalitat en la sanidad y en la Administración autonómica en general. La sentencia, emitida a raíz de un contencioso interpuesto por un pediatra del hospital Juan XXIII, de Tarragona, anula que las conversaciones entre el personal y el paciente debían iniciarse en catalán, y que solo se cambiaría el idioma en caso de que el paciente lo solicitara. El tribunal se ampara en sus argumentos jurídicos del fallo del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto en defensa de la cooficialidad de los dos idiomas y en sentencias del Tribunal Supremo.

El colectivo Impulso ciudadano, de defensa del castellano en Cataluña, dirigido por el exdiputado de Ciudadanos José Domingo, celebró la sentencia cuya resolución se dictó el pasado mes de diciembre. El demandante reclamaba la anulación de una docena de artículos de los dos protocolos pero solo estima cuatro de cada uno de ellos.

La sentencia anula que la lengua de comunicación entre los funcionarios deba de ser el catalán, tanto presencialmente como por teléfono y especialmente ante terceras personas como usuarios, familiares y personal externo. Paralelamente, también invalida el artículo que instaba a un funcionario a seguir hablando en catalán aunque el ciudadano lo hiciera en castellano salvo en el caso de que este indicara que quería ser atendido en otro idioma oficial. La sentencia rechaza por tanto que el protocolo intentara “imponer” un idioma a los profesionales sanitarios y recuerda que a los médicos internos, procedentes de otras comunidades o de la UE o fuera de ella no se les exige el conocimiento del catalán.

No se queda ahí el fallo que rechaza que las conversaciones deban iniciar las conversaciones siempre en catalán por “su carácter indiscriminado” o que se deba seguir hablando en catalán con un paciente aunque lo entienda “por forzar sin justificación el derecho de opción lingüística del usuario”. Por contra, el fallo acepta que en el caso de las llamadas externas se responda con un mensaje en catalán. Los jueces también aceptan otra reclamación del demandante de que toda la documentación interna, como las nóminas, que deban cumplimentar los funcionarios afectados tenga que ser escrita en catalán al entender que puede hacerse en cualquiera de las dos lenguas.

El fallo acepta otros artículos del protocolo que ampara que los representantes del sector sanitario de expresarán normalmente en público en catalán, que las historias clínicas deban escribirse en ese idioma al poder pedir el paciente una copia en castellano o la preferencia a adquirir el material ofimático en catalán en cumplimiento del fomento del catalán contemplado en el Estatuto.

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