_
_
_
_
_

El Consell indemniza a cuatro hijos de víctimas de violencia de género

Solo se recibe la ayuda cuando lo pide el menor o su representante legal

Ignacio Zafra
Un miembro de los servicios de emergencia sale de una vivienda de Valencia donde fue hallada una mujer asesinada.
Un miembro de los servicios de emergencia sale de una vivienda de Valencia donde fue hallada una mujer asesinada.Juan Carlos Cardenas (efe)

La Generalitat valenciana ha aprobado una indemnización de 6.000 euros a cuatro menores de edad cuyas madres fallecieron en 2015 víctimas de la violencia de género. El pago se realiza en aplicación de una ley autonómica aprobada en 2012.

Las indemnizaciones no alcanzan a todos los niños que han quedado huérfanos de madre en lo que va de año en la Comunidad Valenciana, sino a los dos hijos de una mujer y a otros dos de otra. El motivo es que según la norma en vigor el reconocimiento del derecho a percibirlo "se iniciará a solicitud de la persona interesada o de su representante legal, y deberá incluir el reconocimiento a la madre de la condición de víctima de la violencia machista".

Entre los indemnizados no figura, por ejemplo, el niño pequeño que presenció cómo su madre y su abuela eran presuntamente asesinadas a tiros por su padre en una calle de Llíria el pasado mes de noviembre.

En el caso de los cuatro menores a quienes se ha reconocido el derecho, ha sido la dirección general del Instituto Valenciano de las Mujeres por la Igualdad de Género la que ha comprobado que se cumplían las condiciones.

La ley establece que para acreditar que la progenitora -o descendiente en ciertos casos- ha sido víctima de violencia de género constituye medio de prueba "cualquier resolución judicial que reconozca, aunque solo sea de forma indiciaria o incidental, la existencia de un acto de violencia sobre la mujer" de los previstos en la ley.

De forma excepcional, en ausencia de la resolución judicial y mientras esta se dicta es "suficiente el informe del ministerio fiscal de cuyo contenido se desprenda que existen indicios de que la demandante es víctima de esta violencia". Y, en algunos casos, bastará "con la única acreditación de la presentación del atestado policial o incluso del certificado acreditativo de atención especializada por un organismo público competente en materia de violencia sobre la mujer".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

En lo que va de 2015, 10 mujeres han muerto a manos de sus parejas en la Comunidad Valenciana.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Ignacio Zafra
Es redactor de la sección de Sociedad del diario EL PAÍS y está especializado en temas de política educativa. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid y EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_