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Absuelto el alcalde popular de A Baña acusado de falsear el censo electoral

El fiscal pedía 20 años de inhabilitación pero el juez Taín "no acierta a comprender cuál fue el actuar contrario a la norma”

En libertad provisional desde hace más de siete años, acusado de dos delitos de prevaricación administrativa por supuestamente manejar el censo electoral a su antojo en víspera de los comicios locales de 2007, el alcalde de A Baña, Andrés García Cardeso, del PP, ha quedado exonerado de culpa alguna. “No se acierta a comprender cuál es el actuar del acusado contrario a la norma”, según se reseña en la sentencia absolutoria que firma el magistrado José Antonio Vázquez Taín. Considera que el regidor, confirmado por su partido para repetir como candidato en 2015, cumplió con suficiente diligencia y siguiendo “el procedimiento legalmente establecido” los requerimientos de la oficina del Censo Electoral para corregir la situación de personas empadronadas pese a no residir habitualmente en ese municipio.

En el fallo, que es recurrible, el magistrado cuestiona los argumentación de la Fiscalía contra García Cardeso, al que pidió una condena de 20 años de inhabilitación. Para el magistrado es sorprendente que el fiscal considere inadmisible que el Ayuntamiento tarde diez días, pese a no tener medios, en realizar un informe sobre la residencia efectiva de las personas cuestionadas por la Oficina del Censo. Y critica, por excesiva, los reparos de la Fiscalía a cómo el alcalde hizo comprobar el domicilio real de esos vecinos.

“Tampoco se comprende qué es lo extraño de la reacción del Ayuntamiento en la realización del expurgo” del censo, insiste el magistrado. Afirma que es habitual que un municipio del interior tenga “cientos, si no miles de personas censadas por un vínculo sentimental”. Y A Baña inició en 2007 un proceso de corrección del padrón que acabó por borrar, tiempo más tarde, a un millar de vecinos. El censo electoral ya estaba cerrado cuando se dio de baja, por lo que no influyó, dice el fallo, en los resultados de las elecciones de 2007. El juez sólo ve irregularidades, pero no de tipo penal, en la situación de siete personas próximas al alcalde que estaban censadas, sin residir en el municipio, en los domicilios de su hermano y su padre. Pero considera suficiente que tras la denuncia, “se regularizara la situación de todos”. “Y que se hiciese por decisión unilateral del alcalde, no es extraño puesto que el Ayuntamiento carecía de otras personas que pudieran adoptar tal decisión”.

El PP evitó con el alcalde de A Baña aplicar su código ético que obliga a suspender de militancia a todo cargo antes de sentarse en el banquillo. Su absolución llega justo el día en que el portavoz del PP gallego, Miguel Tellado, defendió que puedan incluirse en las listas electorales a imputados. Esgrimió como argumento que “hay personas de conducta dudosa no imputadas y personas imputadas con una conducta personal, política y profesional intachable”.

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