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Isabel Pantoja, a un paso de ingresar en prisión por blanqueo de capitales

Fiscalía y Audiencia Provincial se oponen a que quede en libertad condicional A la cantante le queda un último recurso de súplica

Isabel Pantoja, a la salida de un juzgado.
Isabel Pantoja, a la salida de un juzgado.CORDON

Isabel Pantoja tiene que ingresar en prisión para cumplir su condena de dos años de cárcel por blanqueo de capitales. El Tribunal que juzgó a la cantante por limpiar el dinero obtenido por el exalcalde de Marbella Julián Muñoz ha desestimado la petición de suspensión de la pena, prestada por la defensa de la artista. El ingreso en prisión puede no ser inminente ya que cabe recurso de súplica ante la misma sala.

Esta tarde, el abogado de la artista, José Ángel Galán, ha anunciado que va a recurrir y que no considera los argumentos de la sala aplicables a su cliente. También afirmó que solicitará al Tribunal Constitucional que suspenda la ejecución de la sentencia mientras se tramita el recurso de amparo.

El tribunal entiende que cumplir a priori los requisitos contenidos en la ley para poder suspender una condena (no más de 24 meses de cárcel y carecer de antecedentes penales) no comporta que “necesaria o ineludiblemente” se tenga que otorgar ese beneficio. Para llegar a su conclusión, la Sala ha abordado la “peligrosidad criminal” tanto de Pantoja como de los otros dos condenados que pidieron también dejar en suspenso su pena de un año y medio de reclusión (Benjamín Martínez) o sustituirla por una multa (Fernando Salinas). A todos se les rechazan sus pretensiones en un auto conjunto de 18 páginas.

El tribunal analiza “la gravedad” de la conducta que derivó en la condena. En el caso de Pantoja, recuerda que se trata de un blanqueo procedente de fondos públicos por la posición de su expareja, Julián Muñoz, y alude a las “gravísimas consecuencias económicas” que su actividad delictiva supuso para el Ayuntamiento de Marbella. Con una repercusión “difícil” de cuantificar, pero “enorme”. Se configuró “como paradigma de ilegalidad criminal en el aprovechamiento privado y torticero del patrimonio público y, en tal sentido, de enorme gravedad social”.

La Sala apunta a que ningún condenado reconoció los hechos y que, aunque “no existe peligrosidad subjetiva”, ya que ninguno se encuentra en disposición de volver a cometer los mismos delitos, sí existe “una peligrosidad objetiva e intrínseca” por varios motivos: la entidad de los hechos, sus circunstancias personales y su conducta ulterior y actual de no asunción del delito.

Una condena, añade el tribunal, constituye una función de “restablecimiento de la confianza” de la comunidad y la finalidad “resocializadora” de un penado no es la única que se persigue, sino también “la prevención general, especial, la seguridad colectiva y el interés social”. El caso que salpica a Pantoja es de corrupción política, uno “de los ataques más demoledores" que puedan infligirse a una sociedad democrática. Tanto cuantitativa como cualitativamente, por “socavar, hasta casi disolver”, los principios sobre los que se asienta una democracia.

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Por tanto, “debe primar (por encima de todo) la función de prevención general”, tanto para “intimidar” a quienes pudieran sentirse tentados a realizar conductas como las que se han enjuiciado y sentenciado en este caso, como para que los ciudadanos “interioricen” la necesidad de ajustar su actuación “a criterios de ética y, desde luego, a la estricta legalidad”.

El “mensaje” que se lanza a la ciudadanía es que “la norma penal sigue siendo el medio idóneo (y último) para tutelar los principios e intereses esenciales que conforman nuestro entramado comunitario”. Es decir, no se busca una función “ejemplarizante”, sino “servir de freno a posibles conductas futuras de análoga naturaleza”.

El objetivo del tribunal es huir de pronunciamientos “meramente formales, equivalentes en la práctica a una cuasi impunidad material (de banqueros, políticos, personas poderosas o de relevancia pública), que es la situación a la que nos conduciría acceder a la suspensión” de la condena solicitada tanto por Pantoja como por Martínez.

La Sala también desestima la suspensión de la condena de la cantante mientras se tramita el recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional y sí accede a su solicitud de fraccionar el pago de la multa, que asciende a 1,14 millones de euros. La artista ya ha realizado un pago de 100.000 euros y el tribunal le impone abonar 210.000 euros cada trimestre hasta completar la cantidad.

La fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a la suspensión de la condena de dos años de cárcel por blanqueo que solicitó Isabel Pantoja y, por tanto, a que esta pueda quedar en libertad condicional. El ministerio público se ha mostrado a favor de fraccionar el pago de la multa, como pretende la artista y de ajustar el embargo de bienes a la sanción económica impuesta, que asciende a 1,14 millones.

Entre los argumentos esgrimidos por Anticorrupción para rechazar la suspensión de la pena está el origen del dinero blanqueado, obtenido ilícitamente por Julián Muñoz durante su etapa de concejal y alcalde del Ayuntamiento de Marbella, y que la cantante puso a disposición del exregidor las sociedades de su propiedad para el lavado de dinero.

“Su actitud durante el procedimiento ha sido falta de cooperación y explicación alternativa y distinta a la ofrecida por su letrado”, sostiene la fiscalía, que añade que no ha mostrado “error o arrepentimiento”.

La defensa de Pantoja pidió el pasado 23 de octubre al tribunal que juzgó los hechos la suspensión de la condena alegando que cumple los requisitos para beneficiarse de esta medida de gracia: la pena no supera los 24 meses de reclusión y la cantante no tiene antecedentes penales. También reclamó que se paralice la ejecución de la sentencia porque existe un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Respecto a la multa que conlleva el delito de blanqueo de capitales, que en el caso de Pantoja asciende a 1.147.148 euros, el mismo día se informó a la Sala de que se habían abonado 100.000 euros y se solicitó un aplazamiento para hacer frente por plazos a la cantidad pendiente.

Antes de dictar su resolución, el trámite obliga a la Sala a preguntar su opinión a la fiscalía, aunque el informe que emite Anticorrupción no es vinculante. Es decir, la futura decisión del tribunal que preside Federico Morales puede seguir la misma tendencia o justo la contraria.

El ministerio público, en las dos ocasiones anteriores en las que ha tenido que trasladar su criterio, se ha opuesto a que una condena a un año y medio de cárcel quede en suspenso, como pidió Benjamín Martínez, o sea sustituida por una multa económica, como ha solicitado Fernando Salinas. En ambos casos alegó que el dinero blanqueado procedía de un delito de corrupción, por la actividad ilícita de Julián Muñoz en el Ayuntamiento de Marbella, y se agarró a la lucha activa que mantienen las instituciones europeas contra este tipo de supuestos.

Estas dos personas están vinculadas al lavado de dinero de origen ilícito que hizo Maite Zaldívar, que el pasado lunes ingresó en el centro penitenciario de Alhaurín de la Torre para cumplir los dos años y medio de cárcel con los que está penada en este procedimiento. Unos días antes entró su hermano Jesús por una pena similar.

Ya solo queda un paso para saber por dónde pasa el futuro más inmediato de Isabel Pantoja y si la Sala le concederá, como ella pretende, la libertad condicional. Su expareja Julián Muñoz ya cumple los seis años y medio de cárcel a los que fue condenado por blanqueo y cohecho en este caso, que tiene su origen en el sumario de Malaya y que está a punto de cerrar todos los flecos ocho años después.

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