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El Tribunal Superior avala el despido de 70 trabajadores de Sargadelos

La sentencia afirma que las dificultades económicas justifican el ERE y niega que la empresa haya vulnerado la "buena fe negocial"

El Tribunal Superior (TSXG) avala el despido colectivo por el que 70 trabajadores de Cerámicas do Castro y la Fábrica de Sargadelos quedaron en la calle las Navidades pasadas. Y para respaldar la actuación del grupo empresarial frente a la demanda de los sindicatos (UGT, CC OO y CIG), que defendían la anulación del ERE, describe el panorama desolador que atraviesan las emblemáticas marcas cerámicas. Los magistrados hablan de un grupo en una situación que “ya no es frágil, sino crítica”, “con unas deudas de casi tres millones de euros y en concurso, sin viabilidad futura, salvo [en el caso de que se lleve a cabo] la reducción de lo que supone el 77% del total de gastos anuales: el personal”.

“De hecho”, sigue argumentando su sentencia a favor de la empresa el TSXG, “se ha adoptado una decisión extintiva menos drástica que la propuesta en la memoria y en el plan de viabilidad” previstos por Sargadelos, “dado que se procede a despedir un número inferior de trabajadores”. En estos documentos a los que aluden los tres jueces (Antonio Outeiriño, Luis de Castro y Alejandro Gracia) que firman el fallo, “se proponía despedir a 78 empleados —36 en Castro (Sada) y 42 en Sargadelos (Cervo)—, cuando finalmente el número de afectados ha sido de 70 —29 y 41, respectivamente—”. Además, continúa el tribunal que ha tumbado la demanda de los representantes de los trabajadores, “la plantilla estaba sobredimensionada en su capacidad productiva en un 70% en relación a sus necesidades reales”.

El juicio por la impugnación se celebró hace medio mes en A Coruña. Las centrales sindicales, que todavía pueden recurrir en casación al Supremo, rechazaban la tramitación del ERE como un grupo y la exigían por centros separados. También alegaban “mala fe negocial”, pero el Superior niega punto por punto todas sus pretensiones y declara ajustado a derecho un despido colectivo “que se ha hecho con la intención de posibilitar un futuro muy incierto” al conjunto de empresas del conglomerado Sargadelos.

Según el Superior, “cuando la empresa tiene un déficit de tal magnitud que está obligada a cerrar, no vulnera la buena fe” si mantiene durante las negociaciones su planteamiento de llevar a cabo despidos, algo que denunciaban los sindicatos. Los jueces dicen, además, que la voluntad de negociar quedó demostrada en las cuatro reuniones habidas, en las que la empresa entregó la documentación “exigida normativamente” e hizo “propuestas”, aunque la “oferta” fuese “tímida, reducida o, incluso, escasa”. Esta escasez por parte de Castro y Sargadelos también la justifica el tribunal en la “situación extrema” que vive el grupo. Está vigente, además, un ERTE (expediente de regulación de empleo temporal), lo cual, según el fallo, supone un gasto en personal que “hace imprescindible un ajuste sobre dicha partida”.

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