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El Algarrobico se parapeta en el TSJA

La promotora del hotel emplea el último giro del tribunal andaluz, que ahora considera que el paraje es urbanizable, para reforzar la validez de la licencia

Manuel Planelles
Hotel levantado en el paraje de El Algarrobico.
Hotel levantado en el paraje de El Algarrobico. francisco bonilla

Dos hechos —respaldados hasta hace pocos días por los tribunales— hacían que el único futuro del hotel levantado en la playa de El Algarrobico de Carboneras (Almería) pareciera el derribo. Por un lado, que el edificio invade parcialmente la franja de protección de 100 metros del dominio público marítimo-terrestre. Por otro, que se había levantado en un área protegida del parque natural de Cabo de Gata-Níjar donde no estaba permitido construir. Partiendo de estos dos argumentos, el juez Jesús Rivera concluyó en septiembre de 2008 que la licencia de obras que el Ayuntamiento de Carboneras concedió a Azata en 2003 no era válida y que el Consistorio debía iniciar el “procedimiento de revisión de oficio” de ese permiso municipal. Pero aquel fallo fue recurrido por el Ayuntamiento y la promotora.

Ocho años llevan los tribunales analizando las distintas ramificaciones de este caso, desde que la construcción del edificio fue paralizada en febrero de 2006 cuando el hotel estaba cerca de abrir sus puertas. Una veintena de sentencias y autos de distintos órganos judiciales señalaban hacia el mismo lugar: la demolición. Pero este lento y largo proceso ha vivido un inesperado y rápido giro: la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) estableció el 21 de marzo que la construcción está en una zona que debe considerarse urbanizable. El fallo contradice otra sentencia firme de la sección primera de la misma sala del TSJA en la que se fijó que la zona era no urbanizable. La última decisión judicial hace que se tambalee uno de los argumentos que llevaron al juez Rivera a declarar nula la licencia de obras en 2008, que fue concedida para un área donde no se podía edificar.

La validez de esa sentencia de Rivera sobre el permiso de obras se está debatiendo ahora en el TSJA, en la misma sección tercera que considera que el edificio está en una zona urbanizable. Y Azata ha pedido que el fallo del 21 de marzo se incluya en el caso de la licencia. El pronunciamiento en el que se declara el paraje de El Algarrobico como urbanizable es “de extraordinaria relevancia”, argumenta la promotora en un escrito enviado al TSJA el 25 de marzo. Azata sostiene que, al ser unos terrenos en los que se podía construir, se legitima que el Ayuntamiento los considerara en su normativa urbanística “como suelo urbanizable”. Y esto “vendría a confirmar la legalidad de la licencia otorgada en su día para la construcción del hotel”, afirma Azata.

Los magistrados de la sección tercera aún no han decidido si aceptan esta petición. Se han dirigido a las partes personadas en el caso para que den su opinión. Los grupos ecologistas rechazan que la sentencia de 21 de marzo se tenga en cuenta y recuerdan que hay dos fallos contradictorios del TSJA sobre el mismo asunto.

Aplazamiento de la sentencia

La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido suspender el plazo que se había dado para dictar la sentencia sobre la licencia de obras del hotel levantado en El Algarrobico. Lo ha hecho después del incidente de nulidad presentado por Salvemos Mojácar y Ecologistas en Acción. Ambas organizaciones han pedido que se invalide la vista que se celebró el 14 de enero en la sede del tribunal de Granada. Los ecologistas entienden que Rafael Toledano, presidente de la sala de lo contencioso-administrativo, no debería ser el ponente de este caso. Según los ecologistas, le correspondía a la magistrada María del Mar Jiménez Morera ser la ponente y decidir si se celebraba o no una vista. Jiménez estuvo de baja, lo que provocó en principio el cambio de ponente. Pero los ecologistas afirman que ya se había incorporado cuando se celebró la audiencia pública, con lo que ella debía haberse encargado del caso de la licencia. Tanto la promotora del hotel, Azata, como el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) se han opuesto al incidente de nulidad. Azata, además de rechazar la nulidad, también ha pedido se declare que los grupos conservacionistas han incurrido en “temeridad", por lo que pide que sean multados con “entre los 90 y los 600 euros”. Por su parte, Greenpeace ha llevado ante la Fiscalía Anticorrupción a los magistrados que firmaron la sentencia en la que se declara urbanizable el paraje de El Algarrobico.

José Ignacio Domínguez, letrado de Salvemos Mojácar y de Ecologistas en Acción, tiene previsto presentar este viernes en el tribunal el escrito en el que se opone a que la sentencia de 21 de marzo sea admitida en la causa de la licencia. En el escrito, además de incidir en la contradicción entre ese fallo y el de junio de 2012, se recuerda que la última sentencia no es firme. Tanto los ecologistas como la Junta de Andalucía han anunciado que recurrirán. Además, Domínguez afirma en el escrito que existen seis fallos judiciales “que examinan cuestiones que guardan una estrecha relación” y en los que se apunta a que la zona no es urbanizable.

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El 14 de enero se celebró en la sede del TSJA de Granada la vista sobre la licencia de obras. La Abogacía del Estado y la Junta de Andalucía pidieron que la sentencia de 2008 fuera dada por buena y se ordenara la revisión de oficio del permiso de obras. Tanto el Estado como el Gobierno autónomo argumentaron que la licencia incumplía la Ley de Costas y la normativa de parques naturales. Es decir, centraron sus razonamientos en los dos pilares que hasta ahora parecían firmes en este enmarañado caso judicial. Uno de ellos —que el hotel está en una zona en la que no se puede edificar— está ahora en entredicho.

La otra pata que sustenta la ilegalidad del hotel aún parece intacta. El Tribunal Supremo falló en marzo de 2012 que el edificio vulnera la Ley de Costas de 1988 al invadir parcialmente la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, es decir, los 100 primeros metros desde el mar. Los magistrados indicaron que el Ayuntamiento de Carboneras debería haber actualizado su planeamiento urbanístico a la Ley de Costas, con lo que hubiera sido imposible que un hotel fuera autorizado dentro de esa franja de protección.

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Sobre la firma

Manuel Planelles
Periodista especializado en información sobre cambio climático, medio ambiente y energía. Ha cubierto las negociaciones climáticas más importantes de los últimos años. Antes trabajó en la redacción de Andalucía de EL PAÍS y ejerció como corresponsal en Córdoba. Ha colaborado en otros medios como la Cadena Ser y 20 minutos.

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