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PSOE e IU envían al Parlamento la primera ley de su pacto de gobierno

El anteproyecto de Transparencia establece sanciones de hasta 400.000 euros

Manuel Planelles
Susana Díaz y Diego Valderas en el Parlamento.
Susana Díaz y Diego Valderas en el Parlamento. julián rojas

PSOE e IU tienen previsto aprobar en el Consejo de Gobierno de la Junta de este martes el proyecto de Ley de Transparencia Pública de Andalucía. Con este paso, los dos socios enviarán al Parlamento regional la primera de las 28 leyes y normas que se comprometieron a desarrollar durante esta legislatura cuando cerraron su pacto para gobernar juntos en Andalucía en abril de 2012. La previsión es que la Cámara andaluza apruebe definitivamente esta norma de transparencia antes del verano. Y entraría en vigor un año después de su publicación en el BOJA, como establece la última versión del anteproyecto de ley.

No es la primera ley que aprueban los dos socios en estos 22 meses de gobierno. Por ejemplo, han sacado adelante —aunque luego haya sido parcialmente paralizada por el recurso del Estado en el Tribunal Constitucional— la ley de la función social de la vivienda. Pero la de transparencia sí es la primera norma que está recogida explícitamente en el documento que firmaron ambas organizaciones el 18 de abril de 2012 para cerrar su pacto. En concreto, dentro del apartado titulado Avanzar en democracia.

La presidenta andaluza, Susana Díaz, que tuvo un papel fundamental en la firma del acuerdo con IU, fue quien empezó a diseñar la Ley de Transparencia cuando era consejera de la Presidencia bajo las órdenes de José Antonio Griñán. Pero entre el anteproyecto al que el Consejo de Gobierno dio un primer visto bueno en junio de 2013 y el que la Junta remitió al Consejo Consultivo a finales de enero de este año hay importantes novedades.

En la versión que previsiblemente se aprobará este martes hay un apartado dedicado al régimen sancionador. Se prevén multas de entre 200 y 400.000 euros para las entidades y Administraciones que bloqueen el acceso a la información. También, el despido de cargos y directivos y la imposibilidad de volver a ocupar puestos "similares por un periodo de hasta tres años".

Iglesia y colegios, también afectados

Aunque la Iglesia católica no tiene un apartado concreto en el anteproyecto también esta institución está afectada por la norma, indican fuentes de la Consejería de Presidencia. En la Ley de Transparencia nacional sí existe un apartado concreto para la Iglesia al financiarse a través del IRPF. Pero en el caso de la andaluza, señalan estas fuentes, no existe una mención concreta al no depender de tributos autonómicos. Sin embargo, la Iglesia sí deberá responder a las reclamaciones de información contenidas en la ley que le hagan Administraciones que le concedan subvenciones o conciertos.

La norma sí menciona directamente a los “conciertos y otras formas de participación de entidades privadas en los sistemas públicos de educación y deportes, sanidad y servicios sociales”. Y se fija que los contratos de conciertos que se firmen con estas organizaciones y sociedades establecerán “obligaciones de publicidad activa”.

La ley afecta a la Administración regional y a los Ayuntamientos, además de a las sociedades públicas, agencias, universidades y órganos como el Consejo Consultivo, el Consejo Económico y Social de Andalucía y el Consejo Audiovisual. Para las "autoridades" y "directivos" de estas entidades se establecen "infracciones de carácter disciplinario" que van desde una simple amonestación en las faltas leves al despido y la inhabilitación para ocupar "cargos similares" durante tres años en las muy graves. Se considera infracción leve "el incumplimiento injustificado de la obligación de resolver en plazo la solicitud de acceso a la información pública", que en el caso de la Junta y sus "entidades instrumentales" se fija en 20 días. En el otro extremo estarían las infracciones muy graves, como, por ejemplo, "la denegación arbitraria del derecho de acceso a la información pública". También se considera muy grave "el incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa” cuando “se haya desatendido el requerimiento expreso del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía", el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la norma. Por "publicidad activa" se considera la información que las Administraciones deben difundir de forma periódica sobre, por ejemplo, "la planificación, la contratación y gestión de subvenciones o la información económica y presupuestaria".

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La norma también afecta a las personas "adjudicatarias de contratos con el sector público" y a las "beneficiarias de una subvención". Estas personas deberán suministrar la información que les requiera la Administración de la que dependan o podrán ser multadas con entre 200 y 400.000 euros. Sin embargo, en el anteproyecto se establece que esa sanción no podrá "exceder el 5% del importe" del contrato o subvención. Sí se abre la puerta a que "las infracciones graves y muy graves" supongan "como sanción accesoria el reintegro total o parcial de la subvención concedida o, en su caso, la resolución del contrato, concierto o vínculo establecido".

La norma de transparencia tiene un apartado destinado a "otras entidades", entre las que se incluyen los partidos políticos, sindicatos, patronales y organizaciones que representen intereses colectivos. Se establece que, en reglamentos posteriores y futuras convocatorias públicas, "podrán ser sometidos a criterios de transparencia análogos a los previstos en materia de publicidad activa" para las Administraciones. El régimen sancionador en este caso va también llega hasta los 400.000 euros.

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Sobre la firma

Manuel Planelles
Periodista especializado en información sobre cambio climático, medio ambiente y energía. Ha cubierto las negociaciones climáticas más importantes de los últimos años. Antes trabajó en la redacción de Andalucía de EL PAÍS y ejerció como corresponsal en Córdoba. Ha colaborado en otros medios como la Cadena Ser y 20 minutos.

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