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La Audiencia cita a las víctimas del ‘loco del chándal’ ante su próxima liberación

La reunión, que se celebra hoy, es "para ofrecerles información oficial y veraz"

Barcelona -

La Audiencia de Barcelona ha citado para una reunión hoy a las víctimas de Manuel González González, conocido como "el loco del chándal", condenado en 1997 a 169 años de cárcel por atacar a 16 mujeres, a una de las cuales mató, ante su excarcelación en las próximas horas al derogarse la doctrina Parot.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la Audiencia de Barcelona, junto con la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del departamento de Justicia y los Grupos de Atención a la Víctima de los Mossos d'Esquadra, han convocado a las víctimas y sus representantes legales "para ofrecerles información oficial y veraz, asesoramiento, atención y apoyo por parte de los servicios especializados".

La reunión la han propuesto los magistrados de la sección novena de la Audiencia barcelonesa para "dar una respuesta lo más amplia posible, no sólo desde la vertiente jurídica, sino también social, a las personas perjudicadas por un delito y a su entorno familiar".

Fuentes del TSJC han confirmado que la reunión, de carácter estrictamente privado, se celebrará hoy mismo y han pedido "respeto y salvaguarda de los derechos a la intimidad y la privacidad de las personas afectadas". Las personas convocadas son las perjudicadas por el delito de asesinato y varios en grado de tentativa, lesiones y agresiones sexuales por las que fue condenado "el loco del chándal", que fue llamado así porque atacó vestido con esta prenda y armado con flechas y cuchillos en los glúteos y órganos genitales a un total de 16 mujeres, una de las cuales murió.

En marzo de 1997, el Tribunal Supremo rebajó de 175 a 169 los años de cárcel que le había impuesto la Audiencia de Barcelona para Manuel González González, condenado por un delito de asesinato con alevosía, seis de asesinato frustrado, uno de tentativa de homicidio, tres de lesiones, uno de agresión sexual, otro de amenazas y una falta de hurto.

Según la sentencia, González fue consciente del grave daño que se puede causar a una persona si se le clavan objetos punzantes en los órganos genitales y que, por su condición de carnicero, "tenía mayores conocimientos anatómicos y mayor habilidad y fuerza para manejar cuchillos u otros instrumentos cortantes". La sentencia aplicó al "loco del chándal" una atenuante de enajenación mental, al considerar que sufría una parafilia sádica que disminuía sus facultades, a pesar de sostener que se trataba de una persona de inteligencia normal y que en algunas de las agresiones actuó con cierto control de sus impulsos.

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