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La Fiscalía solicita que Camps y Barberá declaren como testigos en el ‘caso Nóos’

El juez deberá decidir si comparecen como testigos El TSJ valenciano rechazó imputar a los políticos valencianos

La alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y el expresidente Francisco Camps, en las Cortes valencianas el pasado septiembre.
La alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y el expresidente Francisco Camps, en las Cortes valencianas el pasado septiembre.MÒNICA TORRES

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado al juez instructor del caso Nóos, José Castro, que cite a declarar en calidad de testigos al expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps, y a la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, para que aclaren su participación en las negociaciones con Iñaki Urdangarin para la firma de varios convenios por los que el Instituto Nóos percibió tres millones de euros de fondos públicos.

 El magistrado deberá decidir ahora si emplaza a ambos políticos valencianos a declarar en el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, para que aclaren su participación en las negociaciones previas a la firma del convenio de los llamados Valencia Summit -con Ciudad de las Artes y las Ciencias, SA (Cacsa) y la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau- durante los años 2004, 2005 y 2006, por los que el Instituto Nóos percibió más de tres millones de euros públicos. La investigación también afecta a un segundo acuerdo para la organización unos eventuales Juegos Europeos que nunca se celebraron.

La acusación popular pidió la declaración como testigos del expresidente valenciano y la alcaldesa de Valencia después de que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) acordase no imputar ni a Camps ni a Barberá por los contratos con Nóos.

El tribunal devolvió el sumario al juez Castro porque, si bien vio claros indicios de delito en cómo se gestaron los contratos entre la Generalitat, el Ayuntamiento y el Instituto Nóos de Iñaki Urdangarin, no consideró que fueran suficientes para la imputación de Francisco Camps y Rita Barberá.

Este órgano indicaba, no obstante, que la negociación de las tres ediciones de la Valencia Summit se realizó sin ningún estudio previo sobre su repercusión, trascendencia y valor, salvo “ambiguos, vagos e imprecisos” informes jurídicos “para vestir” después el expediente. Respecto a las reuniones entre Camps, Barberá, Urdangarin y Torres, el auto señalaba que no existe suficiente constancia de que sirvieran para cerrar las condiciones de los convenios de los que se benefició Nóos. También aludía el Tribunal Superior valenciano a que el acuerdo para preparar los Juegos Europeos se suscribió en un tiempo récord.

En el rechazo de la causa por parte del Tribunal Superior valenciano pesó, según fuentes consultadas, la desproporcionada carga de trabajo que soportan los magistrados para los medios de que disponen. En la práctica, el Tribunal Superior hizo prácticamente imposible que Camps y Barberá lleguen a ser juzgados por los hechos. Su imputación, según algunos expertos, requeriría que una diligencia nueva del juez de Palma reforzara la tesis de su implicación delictiva, que Castro volviera a plantear la inhibición a favor del TSJ y que los cinco magistrados de la Sala Civil y Penal la aceptaran en el segundo intento. Algo bastante improbable.

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