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La Justicia frena el intento de la EMVS de desproteger viviendas sociales en Tetuán

Ordena mantener los precios de los alquileres y opciones de compra a nivel de VPO, frente a los planes municipales de cobrar a coste de pisos libres

Vecinos de Nuestra Señora de las Victorias, en Tetuán.
Vecinos de Nuestra Señora de las Victorias, en Tetuán.CARLOS ROSILLO

El Tribunal de lo Contencioso número 9 de Madrid ha dado la razón a la asociación de vecinos de la colonia municipal Nuestra Señora de las Victorias, en el distrito de Tetuán, y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital (PP) que mantenga los alquileres y la opción de compra al nivel de precios de los pisos protegidos. La Empresa Municipal de Vivienda (EMVS) quiso en 2009 actualizar las rentas desde el coste actual de uno a tres euros hasta una media de 750 euros al mes, y ofreció a los vecinos comprarlos a una media de 180.000 euros. El tribunal ha dictaminado que el alquiler no supere los 420 euros de media y la venta los 44.000 euros.

La colonia, ubicada junto a la calle Orense, consta de 245 viviendas de protección oficial edificadas en 1954 por el régimen franquista para familias con pocos recursos económicos sobre terrenos expropiados tras la Guerra Civil. El precio del alquiler de esas viviendas, de 65 metros cuadrados de media, se mantiene desde entonces entre uno y tres euros. La colonia es gestionada en la actualidad por la EMVS, que en junio de 2009 comunicó a los vecinos su intención de regularizar y revisar las condiciones del alquiler.

El Ayuntamiento, entendiendo que muchos de los vecinos se encontraban en situación irregular y que los pisos no estaban calificados como protegidos, les ofreció comprar sus pisos a un precio medio de 180.000 euros, y revisó la renta de acuerdo con dos criterios: las familias que llevaran viviendo allí más de 25 años deberían pagar 30 euros; al resto se les actualizaría la renta (hasta los 775 euros de media) y se limitaría el contrato a un año prorrogable hasta cinco.

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Alegó además la EMVS que, con las rentas actuales, no podía hacerse cargo del mantenimiento de los pisos, que sus inquilinos denunciaban por otra parte como lamentable.

Los vecinos interpretaron sin embargo que se estaba cambiando el régimen de sus viviendas de protegido a libre, con el objeto de expulsarlos de sus casas. Rechazaron así mismo los precios de la opción de compra, al entender que ni tenían dinero para aprovecharla, ni los bancos les concederían una hipoteca en caso de pedirla, dada la limitada renta y elevada edad de la mayoría de inquilinos. La asociación de vecinos optó pues por impugnar ante el Juzgado de lo Contencioso de Madrid la decisión tomada el 3 de junio de 2009 por la EMVS.

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Pedían los vecinos que la venta de las viviendas se hiciera por un precio máximo de 11.800 euros o, en su defecto, aplicando la normativa regional, a un precio máximo de 682 euros por metro cuadrado, deduciendo del coste un 7,5% de las rentas ya abonadas por los inquilinos. En cuanto a las condiciones del arrendamiento, solicitaban que se mantuviera la renta histórica o, en su defecto, se atendiera también a la normativa regional para imponer un precio máximo de 6,5 euros por metro cuadrado al mes.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, fechada el 29 de mayo y que puede ser recurrida, les da la razón y anula “por no ajustarse a derecho” la decisión de la EMVS. El tribunal conmina al Ayuntamiento a vender los pisos a los vecinos por ese máximo de 682 euros por metros cuadrado, y a alquilárselos por hasta 6,5 euros por metro cuadrado al mes, al considerar que las viviendas tienen régimen de protección oficial, y deben pues cumplirse los fines sociales que contempla la ley.

La sentencia, notificada el día 13 de junio, no impone costas a la parte condenada, al entender que no ha habido mala fe ni temeridad. La EMVS estudia ahora si interpone recurso de apelación.

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