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El TSJA rechaza la readmisión indefinida de la profesora que la Iglesia despidió

El alto tribunal andaluz rechaza la petición de Resurección Galera para reincorporarse a su puesto "sin limitación temporal"

Resurrección Galera, con su esposo, Johanes Romes, en 2001.
Resurrección Galera, con su esposo, Johanes Romes, en 2001.EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado la petición de Resurrección Galera —la profesora de religión despedida por el Obispado de Almería de un colegio público tras haber contraído matrimonio con un hombre divorciado— de reincorporarse a su antiguo puesto de trabajo “sin limitación temporal”.

Tras una batalla judicial de varios años, Galera consiguió que los tribunales reconocieran que su despido era nulo, pero el juez no admitió su reincorporación indefinida como docente. El juez decidió que Galera debía cobrar los salarios atrasados y seguir como contratada hasta el pasado 31 de agosto como profesora de religión.

Galera impugnó esta decisión ante el TSJA, que ahora ha rechazado su recurso. El alto tribunal andaluz también desestima la petición del Ministerio de Educación, que había solicitado que se redujera la indemnización que el juez había ordenado para Galera por su despido nulo (42.372,98 euros, el total de los salarios que dejó de percibir desde que fuera despedida de su puesto de trabajo en el curso 2001-2002).

El TSJA sostiene que la readmisión de Galera hasta el pasado 31 de agosto dictada por el juez de lo social se ajusta a la normativa que se debe aplicar en este caso ya que el despido se remonta a hace una década y, por lo tanto, debe aplicarse la legislación vigente en ese momento.

Asimismo, el tribunal entiende que la relación contractual de la docente con el Ministerio de Educación era de carácter “temporal” ya que su contrato con el Obispado de Almería se renovaba anualmente.

La abogada de Resurrección Galera, Amalia Robles, ha anunciado que interpondrá un recurso de ante el Tribunal Supremo. Los motivos que alegará en la casación son el cálculo de los salarios que se adeudan a la docente despedida y la limitación de la reincorporación de Galera a su puesto de trabajo hasta el pasado 31 de agosto. No es la única vía judicial que continúa la profesora. También está pendiente de resolver la carta de despido del Obispado de Almería en la que le informa de que para el actual curso no se contaba con sus servicios como docente del colegio Ferrer Guardia. El juicio por este asunto está fijado para febrero de 2014.

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