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PROPIEDADES

El Supremo ni aclara ni rectifica

Hasta que las administraciones madrileñas busquen una solución en Valdebebas o Arroyo del Fresno no se podrán dar licencias

Vista de las obras en el barrio de Valdebebas.
Vista de las obras en el barrio de Valdebebas.CARLOS ROSILLO

Promotores, gestores de cooperativas y cooperativistas pendientes de obtener una licencia siguen en vilo a la espera de la solución que Ayuntamiento y Comunidad den al problema suscitado a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 28 de septiembre.

Tal sentencia ratificó otras de 2007 y de 2003 según las cuales, 22 ámbitos de la capital de Madrid están fuera de la legalidad urbanística. Hace un mes las dos administraciones madrileñas pidieron aclaración y rectificación al TS y la respuesta se trasladó ayer: no ha lugar y da la impresión de que magistrada y administración no hablan el mismo idioma.

“El auto es del 12 de noviembre, nos llegó ayer y ratifica la nulidad de desarrollos como los de Arroyo del Fresno, Valdebebas, Valdecarros, Los Berrocales o Los Ahijones”, aclara María Ángeles Nieto, portavoz de Ecologistas en Acción.

Total, que la incertidumbre se suma a otras como las de la financiación por más que desde las administraciones local y regional o, en el caso de Valdebebas, la junta de compensación que agrupa a los propietarios de suelo, lancen mensajes tranquilizadores.

Ecologistas adelanta que “ahora el Supremo deberá remitir el expediente al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para que éste llame al Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid a cumplir la sentencia. A partir de ese momento, la administración contará con dos meses para ejecutarla de forma voluntaria. En caso de que no ocurriera en ese plazo, las partes interesadas, entre ellas, Ecologistas en Acción, podrían reclamarlo”.

Un dolor de cabeza más para promotores y gestores de cooperativas que se han visto ya presionados de forma irregular por otros operadores que nada tienen que ver con la organización sin ánimo de lucro.

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Ecologistas se alinea “con los afectados que desconocían el litigio cuando compraron sus viviendas”, subraya Nieto.

La historia se remonta a 1997 cuando el Plan General de Ordenación Urbana declaró urbanizables 28 ámbitos. El TSJM dictaminó en 2003 que no se había motivado suficientemente por qué dejaban de ser no urbanizables y, en algún caso, protegidos.

En 2007 el Supremo ratificó la sentencia, declarando la nulidad de estos ámbitos en los que se preveía la construcción de 135.000 viviendas. Un año después la solución propuesta por las administraciones madrileñas fue también rechazada por el TSJM. Tocaba a renglón seguido, hacer una revisión en profundidad del PGOUM pero llegamos a 2012 sin ella.

Hoy los que están pendientes de una licencia no dormirán bien a pesar de que los bufetes más conocidos tienen preparadas soluciones alternativas. Hay precedentes de legislación excepcional que permite transitoriamente seguir actuando hasta tanto se de una solución definitiva.

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