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Una deuda impedía al organizador del festival contratar con la Administración

La firma Diviertt debe 26.047 euros a la Tesorería de la Seguridad Social, pero el Ayuntamiento asegura que la empresa municipal de festejos no es una entidad pública

La empresa Diviertt, que organizó el festival Thriller Music Park con motivo de la fiesta de Halloween, mantenía al menos dos deudas con la Tesorería de la Seguridad Social por un valor total de 26.047 euros, según se puede comprobar en el Tablón de Edictos de la Seguridad Social, que indica que los meses reclamados son febrero y marzo. La existencia de esta deuda entra en contradicción con el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000, que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que indica: “En ningún caso podrán contratar con la Administración las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes: “No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determine”. Fuentes del Ayuntamiento de Madrid han explicado que el alquiler del Madrid Arena se acordó entre la empresa privada Diviertt y la sociedad municipal Madrid Espacios y Congresos, por lo que no se puede considerar una Administración pública.

En el caso del organizador del festival celebrado en el Madrid Arena, Diviertt tiene pendiente una reclamación, que se encuentra en fase ejecutiva, de 9.053 euros con fecha 20 de septiembre, así como otros 16.993 del 15 de octubre. Según la normativa vigente, la propia Tesorería de la Seguridad Social está obligada a emitir un certificado sobre la solvencia de la firma que contrata con cualquier institución público, como por ejemplo la empresa municipal Madrid Espacios y Congresos, perteneciente al Ayuntamiento de Madrid. La ley establece que en ningún caso pueden contratar con la Administración las personas que no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, prohibición que deben apreciar de forma automática los órganos de contratación.

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