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Ratificada la condena al colegio Amor de Dios de Alcorcón por acoso escolar

La Audiencia Provincial reduce la indemnización pero aún así es la mayor hasta el momento

Victoria Torres Benayas
El colegio condenado en una fotografía de 2011.
El colegio condenado en una fotografía de 2011.CARLOS ROSILLO

El colegio Amor de Dios de Alcorcón (Madrid) "incumplió el deber de cuidado" de uno de sus alumnos, de 10 años, ante "una situación de acoso que toda la clase y profesores conocían". Así lo estima la Audiencia Provincial, que ha confirmado ahora lo que ya sentenció hace un año otro juzgado en primera instancia: que el niño sufrió bullying y que el centro lo toleró. La Sección 25ª de la Audiencia, a pesar de dar la razón a los padres, estima en parte el recurso del centro al rebajar la indemnización por dejación de funciones y por el daño causado por otros alumnos a la víctima en casi 8.000 euros, de los 40.000 iniciales a 32.125,51. Con todo, se trata de la mayor condena impuesta hasta el momento en España contra un centro educativo por un caso de acoso.

El fallo de la Audiencia Provincial, que data del 11 de mayo, responde al recurso de apelación que interpuso el centro después de que el Juzgado de Primera Instancia número 44 de la capital le condenara a abonar 40.000 euros el 25 de marzo de 2011. La Sala, que admite como prueba las grabaciones de conversaciones mantenidas por los padres del menor con la dirección, reconoce la existencia de "acoso escolar reiterado en el tiempo —de los 7 a los 10 años— y en condiciones de gravedad susceptible de generar daño o menoscabo en la integridad física y moral del menor" y “comparte los razonamientos de la sentencia recurrida, en cuanto que la juez ha construido una sólida y bien fundada resolución considerando acreditado el acoso”.

La mayor condena hasta el momento

El caso de Alcorcón, con sus 32.000 euros de indemnización, es la condena de mayor cuantía a un colegio por tolerar acoso escolar. La que era la más alta hasta ahora la dictó en 2009 la Audiencia Provincial de Madrid —30.000 euros al Colegio Suizo de Alcobendas—.

Previamente, los padres de los siete acosadores de Jokin fueron condenados a pagar 10.000 euros cada uno a la familia del niño vasco de 14 años que se quitó la vida, pero el colegio fue absuelto.

Confirma el incumplimiento del deber de cuidado del Amor de Dios ante una situación “que toda la clase y profesores conocían” y subraya que no actuó “ni castigando las conductas de maltrato, ni llamando a sus padres ni aplicando el reglamento interno de centro". Al contrario, decían a los padres que “el niño debe hacer frente por sí mismo” a los problemas, que “más vale solo que mal acompañado” y otras mensajes que “justificaban” la inacción del centro.

El fallo invoca la responsabilidad del colegio en cuanto a las facultades de guarda y custodia de sus alumnos, en sustitución de sus progenitores y considera, según lo señalado ya por el juzgado en primera instancia, “necesario y urgente que en los centros educativos se implementen y lleven a cabo medidas de prevención de la violencia escolar, que afecta a un número nada despreciable de escolares y tiene a veces consecuencias fatales para los menores”. Según la OMS, uno de cada cuatro niños padece bullying.

No obstante, ha reducido la cuantía de la indemnización a 32.125,51 euros por considerar que el acoso "se puede concentrar en dos cursos completos, de los tres en que estuvo matriculado el menor" en el colegio. Según los portavoces de la familia, a partir del primer año es cuando tienen pruebas de que el colegio "conocía la situación porque así se lo admitió la tutora del niño". A partir de ahí, "lo negaron".

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La sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, pero los padres no van a pleitear por dinero. Lo que querían, lo que necesitaban, ya lo tienen: el reconocimiento de la culpa y el resarcimiento moral. Lo han pasado "tan mal" que tampoco desean hablar con la prensa. Prefieren dejar las declaraciones para su abogado, Pedro Manuel González, o sus asesores, como Araceli Oñate, del Instituto de Innovación Educativa y Desarrollo Directivo (IEDDI), que evaluó al menor y certificó lo que le ocurría desde un punto de vista médico.

Quieren, según explican ambos, "evitar revivir el calvario" que se produjo con la primera sentencia, con muchos padres y parte de la comunidad educativa en su contra. Tuvieron cámaras de televisión apostadas en el nuevo colegio de su hijo, que se veía obligado a salir por la puerta de atrás con el director. Y, al encender la tele, se encontraban con padres de antiguos compañeros que insultaban, una vez más, a su hijo. "Habéis comprado a los jueces", les gritó por la calle el padre de uno de los acosadores. De momento, siguen viviendo en Alcorcón, pero el acoso no cesa y alcanza a toda la familia. El 99% de los casos, según Oñate, las familias acaban mudándose.

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Su abogado defensor explica que “la Audiencia Provincial confirma los hechos acreditados en el juzgado de instancia en su integridad, sin variar una coma su apreciación" y "unicamente rebaja la cuantía indemnizatoria por entenderla más ajustada a la reparación del daño causado".  En todo caso, sus defendidos no van a presentar un recurso de casación, lo que se su juicio "desmonta las acusaciones de los condenados en dos instancias de que su afán era meramente lucrativo". Pedro Manuel González considera que, de presentar la otra parte el recurso, "no debería ni admitirse a trámite" porque solo hay dos supuestos: "para una cuantía superior a 600.000 euros o porque contravenga gravemente la jurisprudencia del Supremo".

Quedará en manos del Supremo porque el colegio sí piensa recurrir. José Luis García Olaskoaga, miembro del Equipo de Titularidad, órgano que dirige los 23 centros que tiene la congregación Hermanas del Amor de Dios en España, explica que el centro tiene una póliza de responsabilidad civil, por lo que será la compañía aseguradora, con la que están pendientes de reunirse, la que decida. "Pero nuestra intención es llegar hasta última instancia", reitera. Olaskoaga ve una "parte positiva" en el fallo: "La estimación parcial del recurso, que se traduce en una aminoración del 20% del importe de la indemnización, y la supresión del pago de las costas del proceso".

También le consuela el fondo jurídico del asunto: "Al colegio se le condena no por acoso sino por responsabilidad civil subsidiaria, por no haber intervenido correctamente". A su juicio, el fallo "no se ajusta a la realidad de los hechos" y por eso se sienten "insatisfechos y contrariados". "Consideramos que sí intervenimos en la medida de nuestras posibilidades", sostiene, para explicar que desde que conocieron la primera sentencia, en la que se valoraban como "insuficientes" sus actuaciones, las han "incorporado a un nuevo protocolo" que, "en previsión, aplican los 23 colegios de la congregación".

Mientras sigue la lucha judicial, el niño, que ahora tiene 12 años y cuyo perfil rompe todos los tópicos del niño acosado —ni feo ni gordo ni con granos ni con gafas—, trata de superar el trauma. Según Oñate, sufre de estrés postraumático, que se traduce en hipervigilancia (siempre alerta), miedo a que se pueda volver a repetir, a represalias, a encontrarse con alguno de los acosadores, angustia antes circunstancias mucho menores, recuerdos invasivos en vigilia y en sueño... "Del 100% que debe recuperar, mejoró un 70% solo con salir del colegio", opina la experta.

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Victoria Torres Benayas
Redactora de la sección de Madrid, también cubre la información meteorológica. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra, cursó el máster Relaciones Internacionales y los países del Sur en la UCM. En EL PAÍS desde el año 2000, donde ha pasado por portada web, última hora y redes, además de ser profesora de su escuela entre 2007 y 2014.

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