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Guía práctica para ir a votar el 24-M

¿Puedo votar si tengo el DNI caducado? ¿Y qué ocurre si trabajo o estoy enfermo?

Una urna electoral.
Una urna electoral.

El 24 de mayo están llamados a las urnas 36 millones de electores en los comicios municipales y autonómicos. Aparte de la pregunta clave que tocar hacerse de cara a la jornada electoral —¿a quién voto?—, estas son otras siete cuestiones prácticas para ir a votar el domingo.

¿Qué se vota?

El 24-M se celebran elecciones en 13 de las 17 comunidades autónomas (excepto Galicia, País Vasco, Andalucía y Cataluña) y en los 8.116 municipios y 3.500 entidades de ámbito territorial inferior al municipio que hay en España. También se vota para las asambleas de Ceuta y Melilla, y en los cabildos canarios.

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En los colegios electorales habrá dos o tres papeletas: de color blanco para elegir a los concejales de los municipios, de color sepia para elegir a los diputados de los parlamentos autonómicos o de las asambleas de Ceuta y Melilla y, en su caso, de color verde para elegir de forma directa a los alcaldes pedáneos de las entidades locales menores o los cabildos.

¿Quién puede votar?

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En las elecciones municipales pueden votar todos los españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral y que residan en España, los ciudadanos de la UE también residentes en España y los nacionales de aquellos países (como Ecuador, Islandia o Nueva Zelanda, por ejemplo) que hayan firmado acuerdos de reciprocidad por los que reconocen el mismo derecho de sufragio a los españoles que residan en su territorio.

En el caso de las autonómicas, pueden votar todos los españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral, tanto si residen en España como en el extranjero.

¿Qué ocurre si solo quiero votar en las elecciones locales y no en las autonómicas?

No es necesario votar en todos los comicios si hay varios convocados el mismo día. Pero, en caso de hacerlo, tendrá que ser a la vez, ya que no está permitido ir a votar en momentos distintos dentro de una misma jornada electoral.

¿Cuándo puedo ir a votar y dónde debo ir?

La jornada electoral comienza a las 9 de la mañana (aunque los colegios electorales abren antes para que pueda constituirse la mesa, acreditar a los interventores, comprobar que no faltan papeletas…) y termina a las 8 de la tarde. Si en ese momento queda todavía alguien dentro sin votar, podrá hacerlo. Y si todos los electores incluidos en el censo lo han hecho ya, el colegio electoral podrá cerrar antes.

La información sobre dónde votar —la sección y la mesa concretas a la que hay que ir— figura en la tarjeta censal que la Oficina del Censo Electoral ha enviado a todos los electores. También se puede consultar por Internet, en la web de la Oficina del Censo Electoral.

He perdido el DNI o lo tengo caducado. ¿Puedo ir a votar sin él?

Se puede ir a votar con el DNI caducado. También se puede ir sin él, aunque en ese caso habrá que hacerlo con el pasaporte o el carné de conducir, que igualmente podrán estar caducados. Pero solo se pueden llevar documentos originales, las fotocopias no sirven. Tampoco vale el resguardo del DNI en trámite porque no tiene fotografía.

Los votantes extranjeros pueden llevar también la tarjeta de residencia (en el caso de ciudadanos de la UE) o la tarjeta de identidad de extranjeros (para los nacionales de países con convenios de reciprocidad).

¿Qué pasa si ese día tengo que trabajar o no puedo ir a votar por problemas de salud?

Los electores que tengan que trabajar el 24-M tienen derecho a un permiso de hasta cuatro horas libres retribuidas, dentro de su jornada laboral, para ir a votar. Si por motivos laborales el votante está lejos de su lugar de residencia y no puede acercarse hasta su colegio electoral, tienen derecho al mismo permiso de cuatro horas para votar por correo (aunque el plazo finaliza este jueves). En la mesa electoral se puede además pedir un justificante.

Si el votante está enfermo o en situación de incapacidad y no va a poder desplazarse al colegio electoral, tiene que hacerlo por correo. Ninguna otra persona puede ir a votar por otra.

¿Qué diferencias hay entre el voto válido, el voto en blanco y el voto nulo?

Los votos que caen en la urna pueden ser válidos o nulos. El válido es el que apoya una candidatura concreta o el voto en blanco (el sobre sin papeleta dentro). El nulo puede ser, por ejemplo, el sobre con dos papeletas de distintas candidaturas dentro (si es de la misma se contabiliza como válido) o la papeleta con algo escrito.

La diferencia entre voto en blanco y nulo es que el primero, aunque no va a parar a ningún partido, sí cuenta a la hora de calcular el mínimo de votos que debe alcanzar cada formación para conseguir representación.

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