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Alivios sin solución definitiva

El proyecto de ley avanza en mejoras para soluciones extremas

La reforma de la ley hipotecaria empieza ahora su trámite en el Senado con pocas expectativas de cambio y con el único apoyo del PP.

» LO QUE INCLUYE:

-Dos años de carencia. La norma establece un periodo de dos años de paralización de los lanzamientos de desahucios para casos muy extremos, como que los ingresos de la unidad familiar no superen el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, el IPREM, es decir, 19.000 euros anuales.

-Alquiler social. Para casos extremos se acepta la dación en pago, con posibilidad de optar a alquileres reducidos.

-Limitar intereses de demora y renegociar. Se limitan al 12% los intereses de demora y se obliga a renegociar la deuda hipotecaria, con quitas del 35% si se paga la deuda en cinco años y del 20% en 10 años.

-Fondo de 6.000 casas de alquiler. Funciona desde enero, pero solo Bankia lo ha puesto hasta ahora en marcha con 320 casas.

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-Tres impagos. Hasta ahora se podía desahuciar con un solo impago y ahora se exigen tres.

-Control judicial. En cumplimiento de la sentencia de Luxemburgo, se establece la opción de que el juez frene desahucios con cláusulas abusivas.

-Independencia de tasadoras. Era una de las principales reivindicaciones, porque los bancos establecían el valor de la vivienda. El valor de tasación para la subasta no podrá ser menor del 75% y se limitan los intereses de la deuda pendiente.

» LO QUE NO INCLUYE:

- Dación en pago. La principal reivindicación de la Iniciativa Legislativa Popular. Su generalización y su retroactividad era la línea roja de los bancos, asumida por el Gobierno.

-Pisos vacíos. No se regula el destino de los pisos vacíos y mucho menos se toma en consideración la propuesta andaluza con expropiaciones temporales.

-Sobreendeudamiento. No se aborda cómo aliviar la deuda de familias con exceso de crédito, con tratamiento similar a los concursos de acreedores.

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