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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

La soberanía como aureola

Cuesta negar la conveniencia de una manifestación de la ciudadanía sobre la relación entre Cataluña y España o sobre su eventual modificación

Josep Maria Vallès

El concepto de soberanía ha sido y es uno de los más discutidos en la filosofía política, en el derecho constitucional y en el derecho internacional. Cada vez cuesta más dar con una versión universal y pacífica de esta categoría teórica. Una obra reciente y documentada (Kelmo-Skinner, Sovereignty in Fragments: The Past, Present and Future of a Contested Concept, Cambridge 2010) expone de nuevo la accidentada historia de la idea de soberanía, sus aplicaciones controvertidas en los ámbitos interno y externo del Estado, su instrumentación política y su evolución en diferentes contextos.

Tan compleja panorámica suscita muchas dudas sobre la utilidad de fundar en una soberanía original de la nación catalana la reclamación de un referéndum o consulta popular sobre la definición de las relaciones Cataluña-España. Pero también las suscita rechazar la celebración de dicha consulta en base a la afirmación constitucional de una soberanía reservada al pueblo español. Más que clarificar los términos del debate, agarrarse al concepto de soberanía incrementa la confusión. La misma confusión que un reconocido filósofo del derecho, Alf Ross, le imputó ya hace años cuando escribía que “apenas hay otra materia en la cual la oscuridad y la confusión sean tan grandes como en esta”.

Partidarios y adversarios de celebrar dicha consulta deberían esquivar, por tanto, la invocación de una categoría tan problemática y concentrarse, no en una justificación mediante doctrinas impugnables, sino en la conveniencia democrática de consultar directamente a la ciudadanía sobre una cuestión de futuro que le concierne muy radicalmente. Porque, a estas alturas y después de tantas vueltas y revueltas, cuesta negar la conveniencia de una manifestación directa de la ciudadanía para que se pronuncie abiertamente y sin intermediarios sobre la conservación del actual statu quo de la relación entre Cataluña y España o, alternativamente, sobre su eventual modificación. Discutí hace unos años la utilidad de una consulta de este tipo con quien la proponía. Pero las circunstancias de hoy me llevan a pensar que poner barreras a la posibilidad de esta expresión directa de las preferencias ciudadanas no hace más que incrementar la tensión, enquistar el problema e impedir que afloren datos necesarios para su ulterior tratamiento.

Lo cierto es que una noción equívoca como la de soberanía permite manejar tantas y tan discutibles razones para consultar exclusivamente a los catalanes sobre su relación con el Estado como para sostener que dicha consulta debe hacerse al conjunto de los españoles. Si es así, la voluntad ciudadana puede expresarse en forma de referéndum territorial limitado a Cataluña, siguiendo la puerta abierta por la interpretación inteligente de la legislación española que proponía el profesor Rubio Llorente hace unos meses. Pero también podría manifestarse en un referéndum de ámbito estatal que certificaría estadísticamente tanto la orientación del electorado español como la orientación del electorado catalán. En ambos casos contaríamos con datos indispensables para disipar en alguna medida las persistentes brumas del bizantinismo y del sectarismo que envuelven este prolongado debate.

Situados en un terreno pura y duramente político, lo que conviene aquilatar ahora es el peso de los recursos de que dispone cada una de las opciones en debate. Mayorías ciudadanas correctamente registradas, alianzas con colectivos-clave de la sociedad, complicidades internacionales más o menos explícitas y también argumentos jurídicos siempre interpretables: es la suma de todo ello y no únicamente un solo factor lo que sirve para armar la defensa de las respectivas posiciones.

A este inventario de recursos hay que sumar la destreza en el manejo de los tiempos del proceso y en el formato de los mensajes que se emiten durante el mismo. Hay que reconocer que no son destrezas exhibidas con demasiada soltura por quienes en el curso de estos últimos meses pretenden dirigir las respectivas alternativas. Lo ponen de manifiesto en la escena catalana las propuestas de resolución parlamentaria sobre el derecho a decidir, todas ellas caracterizadas por una extensión y una prolijidad inadecuadas a mi juicio para facilitar los puntos de encuentro y aptas en cambio para fomentar los desacuerdos puntillosos sobre los detalles.

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En esta ocasión y en tantas otras, calibrar recursos, mesurar tiempos y administrar argumentos es de importancia capital en política. Bastante más que intentar envolverse con la aureola de un concepto tan discutido como el de soberanía, por llamativo y solemne que sea.

Josep M. Vallès es catedrático emérito de Ciencia Política de la Universidad Autónoma de Barcelona.

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