_
_
_
_
_

La Fiscalía Anticorrupción discrepa del Tribunal Superior en Gürtel

El fiscal niega al juez "potestad para paralizar la práctica de diligencias" El ministerio público se opone a que el TSJCV pierda la competencia del caso de corrupción

Ignacio Zafra
Francisco Correa durante el juicio por el 'caso de los trajes' en Valencia.
Francisco Correa durante el juicio por el 'caso de los trajes' en Valencia.efe

La Fiscalía Anticorrupción discrepa del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en la tramitación procesal del caso Gürtel. El juez instructor de la rama valenciana de la causa de corrupción, José Ceres, elevó a la Sala Civil y Penal del órgano judicial la decisión sobre si debe o no perder la competencia sobre la única pieza que todavía está investigando, la de la visita del Papa, una vez que ha concluido la fase de instrucción de todas las demás y no quedar en ninguna de ellas aforados (diputados o miembros del Consell).

La Fiscalía recurrió al considerar que tal debate no debía ni abrirse porque, en su opinión, el caso en un único procedimiento. Un recurso que Ceres ha rechazado ahora por error en la vía de presentarlo. El choque anticipa las posiciones del ministerio público y el órgano judicial en una causa en la que casi siempre han ido de la mano, lo cual retrasará el enjuiciamiento de cinco de las seis piezas del caso.

Más información
Milagrosa Martínez defenestra a su segundo por aconsejarle que dimita
El grueso del ‘caso Gürtel’ en Valencia se retrasa otro año
Fabra insta a Milagrosa Martínez a que deje el PP
El juez procesa a 19 personas por la financiación ilegal del PP valenciano

La sexta pieza, que es la relativa a las adjudicaciones de Fitur, ya tiene fecha y lugar de enjuiciamiento inamovible por decisión del Tribunal Supremo, el 31 de marzo en el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV). Anticorrupción se basa en el hecho de que ese juicio vaya a celebrarse en el TSJCV para considerar que todas las demás partes del caso deben quedar ancladas en el mismo órgano judicial.

"El fiscal entiende que es una cuestión ya resuelta por el Tribunal Supremo", señala el recurso que presentó el ministerio público, al haber estimado en 2012 "que no eran escindibles las conductas de los no aforados y debía prevalecer la unidad en la investigación de la 'trama valenciana del Grupo de Francisco Correa".

El fiscal niega al juez "potestad para paralizar la práctica de diligencias"
Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Anticorrupción considera que el Tribunal Supremo incidió en lo mismo antes de Navidad cuando resolvió que el juicio por las adjudicaciones de Fitur debía celebrarse en el TSJCV, al haber admitido "expresamente" los motivos que el ministerio público alegó en tal sentido. En esos motivos el fiscal defendió que toda la vertiente valenciana del caso formaba "un único macroprocedimiento que precisaba de agilizar su instrucción para evitar la impunidad de conductas, facilitar el ejercicio de los legítimos derechos de cada parte encausada y evitar dilaciones", y que esas fueron las únicas razones por las que el caso fue dividido en seis piezas.

La Fiscalía también defendió en el recurso presentado hace unos días ante el TSJCV que el juez Ceres carecía de "potestad para paralizar la práctica de diligencias" en la pieza separada sobre la visita del Papa. El magistrado había detenido la instrucción en tanto la Sala Civil y Penal se pronunciara sobre si debía o no perder la competencia. Frente a tal criterio, el fiscal alega que el juez "tiene la obligación de continuar practicando las diligencias necesarias para comprobar el delito, averiguar e identificar a los posibles culpables, proteger a los ofendidos y perjudicados" hasta que "no recaiga resolución firme y definitiva resolviendo la cuestión de competencia". Y mencionaba para ello resoluciones del Supremo.

Ceres ha inadmitido ahora en un auto el recurso de Anticorrupción por error procesal, al considerar que la Fiscalía no podía, como hizo, presentarlo directamente en apelación ante la Sala Civil y Penal en lugar de ante él mismo, al tratarse la resolución recurrida de una providencia. El magistrado señala que contra esta decisión suya cabe recurso ante la Sala.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Ignacio Zafra
Es redactor de la sección de Sociedad del diario EL PAÍS y está especializado en temas de política educativa. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid y EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_