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El Consejo de Estado detecta “carencias” en el decreto de enseñanza en castellano

Aconseja "reconsiderar" el texto y se pregunta qué es una "proporción razonable" de español El informe critica que no se ha previsto el impacto económico para las arcas autonómicas

El Consejo de Estado ha detectado “notables carencias” en el proyecto de Real Decreto, impulsado por el ministro de Educación, José Ignacio Wert, que regula la presencia de las lenguas cooficiales en la educación. Una de esas carencias se refiere a la obligación que impone la ley a las comunidades con lengua cooficial de “determinar la proporción razonable” del castellano en sus sistema educativos. “No hay indicación de criterio alguno que permita valorar qué se entiende por ‘proporción razonable”, critica el organismo consultivo. 

El Consejo de Estado -cuyo informe no es vinculante, pero se suele tener en cuenta- constata que el texto normativo “ha de ser reconsiderado en su conjunto” para que se ajuste completamente a la legalidad. El dictamen, aprobado por la Comisión del Consejo el pasado 29 de mayo, debe pasar ahora por el Consejo de Ministros.

La reforma educativa del ministro Wert (LOMCE) obliga a las comunidades con lengua cooficial, como Cataluña, a aumentar las clases en castellano en la escuela sostenida con fondos públicos en esa indeterminada "proporción razonable" cuando así lo soliciten los padres. Y si eso no ocurre los alumnos serían derivados a un centro privado donde el castellano sea lengua vehicular, algo "inviable" en Cataluña, como ha repetido en muchas ocasiones la patronal de escuelas privadas de esta comunidad, ya que no existen centros con este perfil lingüístico.

La 'ley Wert' contempla que la matrícula en esos colegios privados la pagará, en última instancia, la comunidad autónoma. Este asunto, de corte económico, tampoco convence al Consejo de Estado: “Se echa en falta una valoración adecuada del impacto de esta normativa en las comunidades autónomas implicadas”. Más aun, el dictamen censura al Gobierno por no hacer una "aproximación seria al coste" de pagar estos colegios privados. El dictamen abunda que solo se ha incluido un valor estimado -5.000 euros por alumno y año-, pero de "una fuente no oficial" y solo de Cataluña, obviando el resto de Autonomías con legua oficial. "Se revela así la carencia así de un estudio sosegado de la situación", remacha. 

“Se echa en falta una valoración adecuada del impacto [económico] de esta normativa en las comunidades autónomas implicadas”, dice el informe

En este sentido, el Consejo reprocha al Gobierno que no haya tenido presente la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria de 2012, que fijaba que las actuaciones gubernamentales debían basarse en la “lealtad institucional”, calculando siempre las implicaciones en las arcas de otras Administraciones.

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A la hora de determinar los gastos que deben ser asumidos por la comunidad autónoma, el informe echa en falta que se defina “qué ha de entenderse por gastos de escolarización” y cómo se calculan, por ejemplo, teniendo en cuenta el coste de la plaza escolar pública en cada comunidad, propone el Consejo.

Para hacer frente a estos gastos las familias podrán solicitar subvenciones al Estado, que después se detraerían de las transferencias estatales. El Consejo de Estado ve "un tanto excesivo" que para resolver todo este proceso de subvenciones se empleen seis meses y propone reducirlo a la mitad. Igualmente, el Consejo pone reparos a la abundancia de documentación que las familias deben presentar para optar a estas ayudas para sufragar el coste de los colegios privados.

Otro de los puntos que se pide revisar es el artículo en que se insta a las comunidades a ofrecer colegios con enseñanzas en castellano en el mismo municipio o zona del alumno. “Nada se regula acerca de qué ocurre cuando no haya colegio privado con la oferta en lengua castellana en el municipio o zona de escolarización, o cuando por criterios ideológicos legítimos no quieran los padres escolarizar a su hijo en el único o únicos existentes”, indica el Consejo.

El Ministerio de Educación ha respondido que estudiará las observaciones del Consejo de Estado sobre esta normativa, que despliega la disposición adicional 38 de la LOMCE, aunque precisa que el dictamen de este organismo no es vinculante.

La consejera de Enseñanza catalana, Irene Rigau, ha pedido al Gobierno que retire este polémico artículo de la LOMCE porque contiene “vicios de inconstitucionalidad”. “Técnicamente estaba muy mal hecho y comprometía presupuestos que no estaban previstos. Se ha demostrado que era un montaje fruto de una obsesión, pero no de un buen desarrollo de la norma”, ha añadido.

Este no es el primer informe que realizan juristas cuestionando la legalidad de esta parte de la LOMCE. Ya lo hizo el propio Consejo de Estado en su informe sobre la reforma educativa en abril de 2013. Entonces, el organismo incidió en el hecho de que se obligue a las Autonomías a pagar, si es necesario, la escolarización en colegios privados. “Más allá de las dificultades técnico-jurídicas que podría conllevar su aplicación [...], no debería figurar en la ley, por afectar al ámbito de decisión de las comunidades autónomas con lengua propia, debiendo quedar en el marco de las medidas en su caso a adoptar por las administraciones educativas cuando estas así lo decidan, en el supuesto de no disponer de otros medios o recursos para garantizar en la red pública el uso del castellano como lengua vehicular”, terciaba el informe.

También lo criticó el Consejo de Garantías Estatutarias catalán en febrero en un dictamen que sirvió de base a la Generalitat para presentar su recurso de inconstitucionalidad contra la LOMCE. Este organismo acusaba al Gobierno de vulnerar la autonomía financiera de Cataluña. “Y esto lo hará unilateralmente y por cuenta de la Generalitat, basándose en una decisión discrecional sobre la necesidad de un gasto de escolarización que corresponde adoptar a la administración educativa catalana, vulnerando así su autonomía financiera”, sentenciaba el informe. También cuestionaba el hecho de que se otorgara a la Alta Inspección del Estado la potestad para comprobar y decidir si el castellano se está utilizando como lengua vehicular en las aulas. "La Alta Inspección no puede actuar como un control jerárquico que se ejerce sobre la administración educativa", criticaba el dictamen, que además acusaba al Estado de realizar una "acción de sustitución" de una competencia autonómica.

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