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El juez niega a Blasco permiso para salir de la cárcel por la “repercusión social” de sus delitos

El exconsejero había recurrido la decisión de la cárcel de Picassent

Ignacio Zafra
El exconsejero valenciano Rafael Blasco en una imagen de archivo.
El exconsejero valenciano Rafael Blasco en una imagen de archivo.carles francesc

Rafael Blasco seguirá sin poder salir de prisión ni para disfrutar de un permiso. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Valencia le ha denegado el permiso argumentando la "indudable repercusión social" de los delitos por los que fue condenado: malversar las ayudas de la Generalitat destinadas a la cooperación al desarrollo.

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El magistrado recuerda que Blasco está siendo investigado por otros supuestos hechos delictivos y destaca la "compleja actividad" criminal que se le atribuye.

El juez confirma así el acuerdo adoptado en febrero por la junta de tratamiento de la cárcel de Picassent, en la que Blasco ingresó en junio de 2015 tras ser condenado a seis años y medio de prisión. El exconsejero presentó una queja que ahora desestima el juez en línea con lo defendido por la fiscalía.

En su resolución, el magistrado rechaza el argumento de agravio comparativo esgrimido por Blasco, que apelaba al hecho de que otros condenados en el caso, como el empresario Augusto César Tauroni, sí han disfrutado de permisos. El juez señala que él no ha concedido ninguno de dichos permisos y por tanto "no ha tenido ocasión de valorar sus circunstancias personales ni penitenciarias".

El juez respalda el criterio de la prisión destacando que Blasco todavía está lejos de haber cumplido "las tres cuartas partes de la condena que refiere la Administración penitenciaria como uno de los motivos denegatorios", y recuerda que ese momento llegará en 2020.

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Blasco está siendo investigado en otras dos piezas separadas del caso de las ayudas al desarrollo. Una condena en las mismas, prosigue el juez, "podría alterar los cálculos de cumplimiento". Mientras negociaba un posible acuerdo con las acusaciones en estas dos piezas, la juez Nieves Molina, instructora del caso Blasco, ha imputado además al exconsejero en una nueva pieza separada referida a la adjudicación de contratos informáticos.

Beneficio penitenciario limitado

El juez de Vigilancia argumenta que hallarse en segundo o tercer grado penitenciario y haber cumplido la cuarta parte de la condena "no otorga sin más un derecho a la obtención del permiso". "No basta con que estos requisitos concurran sino que, además, no han de darse otras circunstancias que aconsejen su denegación a la vista de la perturbación que puedan ocasionar en relación con los fines resocializadores y de preparación para la vida en libertad".

El beneficio penitenciario, indica, "puede y debe ser limitado" si existen señales de que resulte "probable el quebrantamiento de la condena, la comisión de nuevos delitos o una repercusión negativa de la salida del interno desde la perspectiva de su preparación para la vida en libertad o de su programa individualizado de tratamiento".

Desde que ingresó en prisión, la justicia ha imputado también a su mujer, Consuelo Ciscar, a su hijo, el artista Rafael Blasco Ciscar, conocido como Rablaci, y a dos de sus sobrinos, Sergio y Francisco Blasco, en dos causas distintas de supuesta corrupción.

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Sobre la firma

Ignacio Zafra
Es redactor de la sección de Sociedad del diario EL PAÍS y está especializado en temas de política educativa. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid y EL PAÍS.

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