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TELEFÓNICA

Fallan a favor de Telefónica en una demanda por subida de tarifas

Es la número 42 favorable de las 74 demandas presentadas, algunas todavía sin fallar

El País
Una de las sedes de Telefónica en Madrid.
Una de las sedes de Telefónica en Madrid.LUIS SEVILLANO

El Juzgado Primera Instancia Número 2 de Bilbao ha hecho público un fallo favorable a Telefónica en el que valida la subida de tarifas de Movistar con el producto Fusión ante la demanda presentada por un cliente que solicitaba una indemnización “de daños y perjuicios” al aducir que el precio “era para siempre”. En la sentencia, además, el juez impone al demandante las costas procesales. Ante esta resolución no cabe recurso alguno. Según la operadora es la sentencia número 42 que legitima la modificación de las tarifas aunque la contratada especificara que es "para siempre".

En su resolución, el juez entiende que la reclamación contra Telefónica no puede prosperar y que el contrato que firmó el demandante sí se contempla la posibilidad de modificación de las tarifas “y que son compatibles en todo caso incluso en el supuesto de publicidad para siempre”, supuesto que se aplicará, que no es el caso, para la circunstancia de que existiera alteración de los servicios o especificaciones técnicas”.

En el auto, se señala igualmente que en el contrato se contempla el modo de comunicación de las modificaciones contractuales, “y el derecho de desistimiento o resolución por el consumidor. De manera que no notificando tal en fecha establecida, resultó correctamente cargado el importe de 5 euros por la demanda”. Hasta la fecha se han presentado 74 demandas individuales interpuestas por particulares en juzgados de Primera Instancia con motivo de la subida de precios de Movistar Fusión en mayo de 2015.

De ellas, 42 son favorables a Telefónica. La última, la de Bilbao, conocida ayer. Otras 12 finalizaron por “desistimiento de la parte actora”, probablemente como consecuencia de conocer el demandante el resultado de las sentencias que ya han salido. En dos se alcanzó un acuerdo entre las partes, y en dos hay sentencia desfavorable en firme. Juzgados de primera instancia de distintos puntos de España, como Burgos, Madrid, Olot, Torremolinos, Telde, Marín, Valladolid, Aracena, Salamanca, Palencia, Bilbao o Jaén, están dando la razón a Telefónica en cuanto a su derecho a modificar los precios de sus servicios.

Las demandas están siendo desestimadas con argumentos como que Telefónica puede modificar las condiciones del contrato, y por tanto su precio, siempre que concurran una serie de requisitos como “la variación técnica de los equipos o redes que afectasen al producto”, lo que ha sucedido en varias ocasiones con una serie de mejoras que introdujo la compañía y que supusieron cuantiosas inversiones y beneficios para los clientes (subidas de velocidad, aumento de los datos móviles, servicios de televisión...).

En varias de las sentencias se señala que la empresa comunicó a los clientes, en abril de 2015, la modificación del precio del producto contratado, y en muchas ocasiones el usuario “decidió continuar con la prestación del servicio y abonó de forma consciente y voluntaria los cinco euros adicionales”, durante los meses posteriores, cuando pudo haberse dado de baja sin penalización alguna en el momento de la subida. Estas demandas, amparadas y animadas en su mayoría desde Facua, están suponiendo además para los demandantes el pago de las costas judiciales –alrededor de 200 euros-.

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