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La Síndica pide que los vigilantes de los aparcamientos sean autoridad

En 2014 el 41% de estos profesionales sufrió agresiones en la calle

Un vigilant d'un parquímetre a Barcelona.
Un vigilant d'un parquímetre a Barcelona.ALBERT GARCIA

La Síndica de Greuges de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, ha pedido al Ayuntamiento de Barcelona que los trabajadores que vigilan el área verde y azul de aparcamiento de la ciudad sean considerados agentes de la autoridad para protegerles contra las agresiones que sufren. La publicación de la petición llega después de que este diario publicara que en 2014, el 41% de los trabajadores (134 de 329 personas) de este servicio notificó a sus superiores que padeció una situación de violencia en la calle. Situaciones que van desde insultos hasta amagos de atropello o disparos con una escopeta de aire comprimido.

En su resolución, Vilà reclama al consistorio que elabore un informe jurídico para valorar esta recomendación y la posibilidad de incorporar este reconocimiento en la Carta Municipal, ya que, en su opinión, este cuerpo debería ser titular de "la protección penal especial en ejercicio de sus funciones públicas", como es el caso de la seguridad privada en el Metro y el personal interventor de Transports Metropolitans de Barcelona (TMB).

La Síndica recibió en 2014 una queja del sindicato CC OO de la empresa municipal BSM por las agresiones, insultos y amenazas que sufren estos empleados. Vilà reporta los datos de un informe técnico encargado por BSM en 2015, según el cual el número de agresiones notificadas, entre verbales y físicas, entre los años 2009 y 2014 a este colectivo fueron: 159 (2009); 104 (2010); 98 (2011); 85 (2012); 126 (2013), y 134 (2014), lo que se traduce en que en este último año el 41% de la plantilla notificó agresiones --entre 2009 y 2014 la plantilla osciló entre los 329 y 346 empleados--.

La Síndica recuerda que para que un trabajador sea considerado agente de la autoridad debe cumplir dos requisitos: que participe en el ejercicio de funciones públicas y que sea personal funcionarial por disposición legal, elección o nombramiento de autoridad, por lo que sería este último el que impide a este colectivo a beneficiarse de la protección especifica. En este sentido, Vilà subraya que "reiterada jurisprudencia" mantiene que el concepto de funcionario público contenido por el Código Penal es más amplio que el que se deriva del derecho administrativo, y que una vía para obtener esta condición sería por el reconocimiento a través de una ley.

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