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No es marisqueo furtivo, es terapia para la drogadicción

Dos acusados de extraer vieiras tóxicas en Vigo convencen al tribunal de que lo hacían para combatir sus adicciones y logran que se considere atenuante

Dos mariscadores furtivos en la ría de Ferrol en 2014.
Dos mariscadores furtivos en la ría de Ferrol en 2014.GABRIEL TIZÓN

El juicio contra dos acusados de recoger 45 kilos de vieiras en una playa de Vigo cerrada a la extracción de moluscos por los altos niveles de toxina detectados por los servicios de control de la Xunta ha acabado sentando cátedra por parte del Ministerio Fiscal. Este concluyó que el marisqueo (aunque ilegal) puede considerarse como una nueva forma de terapia contra la drogadicción y una circunstancia atenuante, admitiendo así la tesis de los abogados defensores con la que pretendían anular o reducir las condenas.

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El juicio que se celebró este martes en el juzgado de lo penal número 1 de Vigo pintaba mal, en un principio, para los dos presuntos furtivos. La acusación pública les imputaba un delito contra la salud pública y había solicitado para cada uno de los procesados las penas de un año y seis meses de prisión y una multa de 2.100 euros. Además pedía para ambos la inhabilitación o prohibición absoluta, durante cuatro años, para realizar cualquier actividad relacionada con la pesca o el marisqueo.

Pero las defensas plantearon la atenuante de drogadicción (muy recurrente en los juicios por narcotráfico) y argumentaron que los acusados no habían ido a recoger marisco para obtener un beneficio económico, sino que lo hicieron convencidos de que esta actividad les servía de terapia para distraer y a la vez combatir su dependencia de las drogas. Además, los abogados alegaron que se deshacían de las capturas, negando la posibilidad de que el marisco hubiera podido entrar en la cadena de consumo. "Para ellos esta actividad solo consistía en una terapia antidroga y nunca lo hicieron para comercializar ni consumir esos productos", dijo uno de los letrados.

El argumento terapéutico como circunstancia atenuante fue admitido por el fiscal que acabó modificando su escrito de acusación inicial, por lo que ambas partes llegaron a un acuerdo de conformidad con el dictamen del tribunal. El caso se cerró con uno de los acusados absuelto de todos los cargos, mientras que el otro vio reducida la condena a 12 meses de prisión, 900 euros de multa y a solo un año de inhabilitación.

Los hechos se remontan al verano de 2014, cuando los dos drogadictos confesos acudieron a la playa de Cabanas, situada en la ría de Vigo, que de forma puntual estaba cerrada a la extracción de moluscos, al detectarse la presencia de biotoxinas en los controles periódicos que realiza el Instituto Tecnolóxico para o Control do Medio Mariño de Galicia (Intecmar).

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Cuando ambos acusados circulaban en un vehículo con los 45 kilos de bivalvo en el interior del maletero fueron interceptados por un control del Seprona (Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil). Entonces, los presuntos furtivos solo declararon que desconocían que aquella zona estuviera cerrada a la extracción.

La mercancía incautada fue sometida a varios análisis por lo que se constató la presencia de 87 microgramos por gramo de una toxina neurotóxica que afecta al sistema nervioso. Los niveles de toxicidad detectados podrían provocar graves daños para la salud ya que superaba los índices permitidos de 20 microgramos por gramo, los considerados aceptables para el consumo humano.

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