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El Supremo falla contra un padre que pedía educación bilingüe

El Alto Tribunal rechaza que se hayan vulnerado los derechos fundamentales de igualdad y a la enseñanza de sus hijos

J. M. Q.
Manifestación en 2012 a favor de la inmersión lingüística en Cataluña
Manifestación en 2012 a favor de la inmersión lingüística en CataluñaCarles Ribas

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado la demanda de un padre que exigía una enseñanza bilingüe (castellano-catalán) para sus hijos en una escuela de Roses (Alt Empordà). El hombre alegaba que el modelo catalán de inmersión lingüística atacaba los derechos fundamentales de igualdad y a la enseñanza al impedir que el castellano fuese lengua vehicular en la escuela de sus hijos. El TS ha fallado que no existe tal vulneración y ha negado al demandante la modificación del régimen lingüístico que él pedía.

La respuesta del Tribunal Supremo es el segundo portazo judicial que recibe este padre, que elevó su recurso al alto tribunal después de que en 2014 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) desestimase también su demanda.

El Supremo ha criticado en la sentencia la “inconsistencia” de los argumentos que emplea el demandante para justificar que se han vulnerado derechos fundamentales de sus hijos. “No se explica cómo y por qué el concreto sistema educativo por lo que hace al uso del castellano y del catalán que reciben los hijos del recurrente vulnera el principo de igualdad”, recoge el fallo judicial.

El Tribunal sostiene que “no se aprecia lesión” del artículo 27.1 de la Constitución, que recoge el derecho a la educación

Asimismo, el Tribunal sostiene que tampoco “se aprecia lesión” del artículo 27.1 de la Constitución, que recoge el derecho a la educación. “El recurrente no indica de qué manera concreta se ha vulnerado en derecho protegido”, apunta la sentencia. El Tribunal vuelve a reprochar aquí la falta de pruebas del demandante para defender su recurso. “No basta con argüir de forma genérica impetrando la lesión de un derecho fundamental, sino que es preciso identificar individualizadamente el quebranto, lo que aquí no acontece”, critica el fallo judicial.

El TS recuerda también en la sentencia que “el régimen lingüístico del sistema educativo de Cataluña ha de garantizar que en la enseñanza sean vehiculares tanto el castellano como el catalán”, aunque apostilla que la proporción en la que se incorporen las lenguas al sistema de enseñanza “corresponde acordarla a la Generalitat”.

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Según recoge TV3, la consejera de Enseñanza, Meritxell Ruiz ha considerado que esta sentencia “avala y refuerza” la inmersión lingüística y apunta que este fallo judicial podrá servir para “frenar” nuevos procesos judiciales para aumentar el uso del castellano en las aulas.

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Sobre la firma

J. M. Q.
Jessica Mouzo es redactora de sanidad en EL PAÍS. Es licenciada en Periodismo por la Universidade de Santiago de Compostela y Máster de Periodismo BCN-NY de la Universitat de Barcelona.

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