_
_
_
_
_

Condenado el Sergas por su atención a una niña que sufrió un coma en el mar

El Superior fija 417.000 euros de indemnización porque las secuelas cerebrales que padece la víctima se deben a que la ambulancia medicalizada tardó casi una hora en acudir

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de primera instancia que condenó en noviembre de 2015 a la Consellería de Sanidad a indemnizar con 417.000 euros a los padres de una niña que sufre secuelas cerebrales irreversibles porque la ambulancia medicalizada tardó casi una hora en acudir a la playa de Canabal, en Cangas (Pontevedra), donde la menor sufrió un paro cardíaco cuando se bañaba.

El fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo desestima los recursos de apelación de la Xunta y de la compañía aseguradora Zurich Insurance que solicitó que se recortase la indemnización un 50%, alegando que las secuelas que le quedaron a la menor no pueden atribuirse en su totalidad a la actuación administrativa.

La sentencia difiere de este argumento y concluye que “el desconcierto” del personal de la ambulancia asistencial y el corte de las comunicaciones para coordinarse con el 061 “incidió indudablemente” en el retraso en la llegada de la primera ambulancia, con la consiguiente dilación posterior en el aviso a la segunda medicalizada “que se tornó en decisivo para la entidad de las secuelas sufridas por la menor".

Los hechos que se consideran probados por el tribunal se concretan en que en la tarde del 20 de mayo de 2010, cuando la niña de 16 años se encontraba con unas amigas en la playa cercana al casco urbano de Cangas y juntas se metieron en el agua. En ese momento se encontró mal e inmediatamente quedó boca abajo.

Después de que la niña no respondiera a los primeros auxilios de respiración asistida por parte del que fue testigo de lo ocurrido, este llamó al 061, solicitando ayuda. Eran las 19’34 horas cuando los servicios de emergencias fueron informados de los detalles de la incidencia.

Dos minutos después- según relata la sentencia- la locutora del servicio activó una ambulancia asistencial con salida de Cangas, la cual tenía que acudir primero al Centro de Salud para recoger al equipo médico, mientras el servicio municipal de emergencias de protección civil recibió la llamada del personal de la ambulancia, con base en este ayuntamiento, cuando se produjo el primera situación de desconcierto por la confusión en la localización de la playa.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Mientras la primera ambulancia trataba de localizar el lugar, se originan continuos cortes en la comunicación entre los servicios asistenciales, lo que retrasó la reanimación cardiopulmonar básica de la menor, que no fue suficiente, al estar ocupadas las otras ambulancias medicalizadas.

Madia hora después del episodio de semiahogamiento de la menor, que seguía en coma, continuaba el desconcierto entre los servicios de emergencia y el corte de las comunicaciones. A las 20’12 horas el 112 Galicia recibió aviso del 061 para la salida de un helicóptero asistencial pero siete minutos después se anuló, al haber optado los servicios en alerta por el envío, al fin, de la ambulancia medicalizada, al valorar que tardaría menos tiempo en llegar a la playa, pero esta no llegó hasta 20’30 horas.

Los médicos tardaron dos minutos en conseguir que la paciente recuperase el pulso, y después fue trasladada al Hospital presentando un cuadro comatoso profundo (Glasgow 3) en el que permaneció 78 días, recibiendo el alta cuatro meses después.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_