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El Defensor dice que los alumnos pueden pedir copia de su examen

Soledad Becerril ve injustificada la demora de la Policía en pasar a los detenidos a disposición judicial

Estudiantes realizando la prueba de selectividad en la Universidad Complutense de Madrid.
Estudiantes realizando la prueba de selectividad en la Universidad Complutense de Madrid.Claudio Alvarez

El Defensor del Pueblo ha instado a la Consejería de Educación a dar instrucciones a los centros docentes bajo su dependencia para que faciliten a los alumnos o a sus padres copia de los exámenes o pruebas de evaluación. Así se recoge en la Memoria Anual de 2015 que la defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha entregado hoy al presidente del Congreso, Patxi López, y en la que emite esta recomendación al departamento que dirige Rafael Van Grieken. El Defensor del Pueblo recibió el año pasado 4.899 quejas de madrileños, un 32% menos que el año anterior.

El Defensor del Pueblo entiende que la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común no establece expresamente la limitación pretendida por algunos centros madrileños de negar a los padres las copias de los exámenes de sus hijos. La institución también recomienda a la Consejería de Educación que adopte las medidas necesarias para rebajar el sobrecoste de los uniformes en los colegios sostenidos con fondos públicos.

Respecto a la venta de viviendas públicas por parte del Ayuntamiento o la Comunidad, el Defensor ha afirmado que se debería entregar una nueva vivienda al adjudicatario afectado, como titular de "un derecho exigible ante la administración" si se cumplen los requisitos.

Además, muchas de las quejas recibidas se debían a la aplicación de la Ley de seguridad ciudadana, como la demora de la Policía en poner a los detenidos a disposición judicial, quejas por mal trato policial en Móstoles y Majadahonda, y la de un ciudadano sancionado por participar en una manifestación. Así lo recoge el Informe anual 2015 del Defensor del Pueblo, en el apartado de quejas sobre la aplicación de la Ley orgánica 4/2015 de protección de la Seguridad ciudadana, en vigor desde julio pasado.

El Defensor recibió una queja sobre la sanción a un manifestante, tramitada por la Delegación del Gobierno, por infracciones del artículo 26 de la ley, y ha sugerido a la Delegación que la revoque. Además, ha recomendado a la Dirección General de la Policía que traslade a las Unidades de Intervención Policial (UIP) la necesidad de "evitar actuaciones que supongan un sacrificio innecesario o desproporcionado de los derechos fundamentales, o que tengan un efecto disuasorio o desalentador de su ejercicio", recomendación que ha sido aceptada.

Los detenidos por la Policía Nacional en la capital no pasan a disposición judicial tras practicarse todas las diligencias, sino permanecen en los calabozos "a la espera de que, a última hora de la tarde, un furgón policial los conduzca al Registro central de detenidos, desde donde son conducidos a la mañana siguiente a los juzgados". El Defensor recomienda modificar el procedimiento y que la detención "no dure más del tiempo estrictamente necesario para practicar las diligencias del atestado policial".

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La Dirección General de la Policía ha informado que la Policía Nacional está en disposición de hacerlo "con carácter inmediato", y se ha solicitado convocar a la Comisión Provincial de Policía Judicial, así como a la Audiencia Provincial de Madrid, para que informe al respecto.

En materia de malos tratos policiales, el Defensor ha recibido queja de la agresión de dos policías nacionales de Móstoles a un ciudadano por grabar con su "móvil una maniobra peligrosa del vehículo policial en el que patrullaban dichos agentes". La Dirección General de la Policía comunicó que la comisaría mostoleña requirió informe a los funcionarios relacionados con ello, concluyendo que la actuación policial era adecuada dada la agresividad del detenido, que requirió cuatro agentes para el registro corporal.

Sin embargo, la comparación entre las declaraciones del afectado, atendido en hospital de una herida inciso-contusa, y el atestado policial tras la detención, revela que "su comportamiento había sido correcto, y no se hacía ninguna mención a su agresividad", por lo que esta actuación se mantiene abierta para aclararlo.

Otra queja es por la agresión de dos policías durante las fiestas de Majadahonda, tras una reyerta en la que el afectado no participaba pero al pasar cerca "fue agredido sin motivo alguno por una pareja de la Policía Nacional que le golpeó ocasionándole diversas lesiones de las que aportaba parte médico". Según ese ciudadano, los agentes se negaron a facilitar su número de placa cuando les pidió que se identificaran, y la actuación sigue en trámite, señala el informe.

Sanciones por beber

El Defensor del Pueblo considera que es "imprescindible" que el Ayuntamiento de Madrid modifique el procedimiento de las denuncias a personas que beben alcohol en la calle, notificándolas, para permitirles alegar y acogerse a la reducción del 40% del importe de la sanción. Numerosos ciudadanos le han informado de que fueron sancionados por agentes de la Policía Municipal madrileña por consumir alcohol en la vía pública sin que les hubieran entregado copia de las actas de inspección.

El Defensor recuerda que la Ley 5/2002 de la Comunidad de Madrid sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos regula el "procedimiento sancionador abreviado" según el cual no entregar la denuncia al presunto responsable genera su "indefensión".

Según el Informe, en 73 casos de sanciones analizados "no constaba la firma de los denunciados en las actas de inspección, no se habían formulado alegaciones y ningún ciudadano se acogió a la posibilidad de reducción del 40 % del importe de la sanción".

El Defensor dice que el Ayuntamiento no aceptó recomendaciones ni sugerencias reiteradas sobre la entrega de notificaciones a los sancionados en sus domicilios, y respondió que Madrid Salud y otros servicios municipales de informática notificarían la iniciación de los procedimientos sancionadores por consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública "en el domicilio de los interesados".

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