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El Supremo confirma el precio de la isla de Ons: 605.601,15 euros

El tribunal zanja un pleito de años entre los herederos del último propietario particular del parque, el Estado y la Xunta. La familia reclamaba más de un millón de indemnización

La batalla judicial que empezó a librar la familia de los últimos dueños de carne y hueso del archipiélago de Ons en 1995 acaba definitivamente en la puerta del Tribunal Supremo. Una sentencia dictada el pasado día 10 desestima el recurso en casación de los herederos de Didio Riobó, que reclamaban una indemnización de 1,11 millones de euros por no poder recuperar las islas de Ons, Onza y sus islotes, expropiados por Franco y ahora integrados en el parque nacional en manos de la Xunta. Con este fallo en el que la parte recurrida son la Administración gallega y la Abogacía del Estado, el Supremo confirma una compensación que reduce a la mitad las aspiraciones de los antiguos propietarios y que ya había fijado el Tribunal Superior de Madrid: 605.601 euros.

Esta cantidad se corresponde con el 5% (en concepto de indemnización por la imposible reversión de la tierra) de la tasación de todo el conjunto de bienes que en su día hizo la Administración. En 2005, el suelo de las islas valía 2,5 millones; las edificaciones, 7,4; y las carreteras y caminos, algo más de 2,2. El paraje único de Ons representaba para los cálculos gubernamentales un activo de 12.112.023,01 euros, y no podía ser devuelto a sus propietarios de antes de la Guerra Civil porque, después de ser expropiado para convertirlo en base de submarinos al servicio de Hitler, con la paz en Europa pasó a manos del Ministerio de Agricultura y, por último, acabó bajo gestión de la Xunta para entrar a formar parte del Parque Nacional das Illas Atlánticas de Galicia.

El alto tribunal rechaza el recurso último de la sociedad limitada Isla de Ons, fundada por el médico de Bueu Manuel Riobó y su hijo Didio después de que el primero comprase el archipiélago por 250.000 pesetas de los años veinte. La entidad fue reactivada por los bisnietos en los noventa para reclamar la propiedad, que fue expropiada por la dictadura con objetivos militares y, según el acuerdo, debía devolverse a la familia en caso de que estos fines cambiasen.

Un auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya había fijado la indemnización en 605.601 euros, en ejecución de otra sentencia firme del mismo tribunal que reconocía el derecho de Isla de Ons, S.L., a la reversión de los bienes de Ons y Onza, la restitución in natura de la tierra o la indemnización por parte de la Administración General del Estado, por haber sido quien expropió en su día. El auto, recurrido por la familia, concluía que era imposible la reversión porque las islas están sujetas ahora a otro fin público. El Supremo resuelve que no ha lugar al recurso (y, de paso, entierra las aspiraciones de los familiares de aumentar una indemnización que consideran injusta) con el argumento de que la cantidad en pleito no alcanza la cuantía mínima necesaria para acceder al recurso de casación ante el Supremo (600.000 euros), porque la diferencia entre los 1,1 millones que piden los recurrentes y los 605.601 concedidos en el auto recurrido es de 507.342.

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