_
_
_
_
_
Independencia de Cataluña

El TSJC rechaza las querellas por la declaración soberanista

El tribunal no ve delito de sedición en la resolución del Parlament. El Gobierno catalán insiste en que se ha hecho de forma legal

Neus Munté (i), Artur Mas (c) y Carme Forcadell (d) en el Parlament.
Neus Munté (i), Artur Mas (c) y Carme Forcadell (d) en el Parlament.A. Garcia

Que la resolución independentista aprobada por el Parlamento catalán el pasado 9 de noviembre es "ilegal e inconstitucional" es "evidente". Pero de ahí a que sus promotores hayan cometido un delito de conspiración para la sedición o de rebelión hay un trecho. Ese es el argumento que ha esgrimido el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para no admitir a trámite las querellas que el sindicato ultra Manos Limpias y Unión, Progreso y Democracia (UPyD) presentaron contra el expresidente de la Generalitat, Artur Mas, y contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell.

Más información
El fiscal no ve delito en las opiniones y los votos sobre la resolución del 9-N
La mitad de Cataluña rompe con la democracia española
El Constitucional avisa a 21 políticos catalanes del castigo de ignorar la ley

Tras la reunión semanal del Gobierno catalán, su portavoz Neus Munté ha expresado su certeza de que todas las decisiones que ha tomado el Parlament sobre el proceso soberanista se han hecho de forma legal y legítima. “Las cosas se han hecho de forma legal y no queremos que se judicialice una cuestión política”, ha señalado sobre la resolución del 9-N del inicio del proceso de independencia. “Se basó en la participación democrática sin un grito ni un papel tirado en el suelo”, ha dicho de forma gráfica en alusión a que en las manifestaciones de todo el proceso secesionista no ha habido incidentes.

La "ilegalidad" de la resolución de ruptura con el Estado "ya ha sido declarada" por el Tribunal Constitucional, recuerda el auto del TSJC, sin que por ahora nadie la haya desobedecido. En línea con la Fiscalía, el tribunal subraya que la resolución "no ha trascendido de sede parlamentaria, aunque sea con publicidad". El auto de diez folios, del que ha sido ponente la magistrada Maria Eugènia Alegret, recuerda además que el Estado dispone de "mecanismos suficientes para frenar, sin necesidad de acudir de primera mano a la vía penal, los planteamientos políticos que no se ajuste a los procedimientos y cauces legales y constitucionales".

El delito de conspiración, advierte el TSJC, requiere de un "concierto previo" y la "firme resolución de delinquir". El de rebelión, por su parte, precisa de un "alzamiento violento y público". Nada de esto ha ocurrido. Las querellas, siguen los magistrados, no expresan "qué actos rebeldes o sediciosos se estarían incitando a cometer a la ciudadanía o se estarían preparando". La resolución del 9-N, agrega, pretende "facilitar" a los ciudadanos "los instrumentos necesarios para tener más capacidad de decisión política".

Munté, eso sí, ha expresado su sorpresa de que la resolución judicial se base entre otras cosas en que no es constitutivo de delito porque “no hubo violencia”. “Solo faltaría”, ha dicho en alusión a la falta de altercados.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_