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La Comunidad dice que los jueces anularon la tasa que Madrid exige

La consejera de Hacienda recuerda que el Tribunal Superior y el Supremo dieron la razón al Gobierno regional

La consejera de Hacienda, Engracia Hidalgo, niega que el Ayuntamiento tenga derecho a embargar bienes de la Comunidad de Madrid, como ayer anunció el Consistorio, por una deuda impagada. “El concejal de Hacienda parece que pretende solicitar el embargo de bienes de la Comunidad por una tasa del Ayuntamiento que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid primero, y el Tribunal Supremo después, han declarado nula”, dice Hidalgo, que añade que el Ayuntamiento no se ha dirigido formalmente a la Comunidad de Madrid para tratar este asunto.

Para Hidalgo, las deudas entre distintas administraciones forman parte de la normalidad institucional y se resuelven generalmente por el método de la compensación de deudas entre administraciones. Hidalgo explica que de los 171 millones que reclama el Ayuntamiento, más de 140 millones se corresponden a reclamaciones sobre las que la Comunidad de Madrid ya ha manifestado y probado su discrepancia.

En particular, sobre los 120 millones que se corresponden a la tasa por depósito, la consejera recuerda que la Comunidad de Madrid interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la ordenanza fiscal y que esta “fue declarada nula de pleno derecho por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el 6 de octubre de 2009. Es decir, la Comunidad nunca fue sujeto pasivo de la tasa, ni tuvo, por tanto, obligación de pagarla”.

Hidalgo añade que el Ayuntamiento interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que en 2012 volvió a dar la razón a la Comunidad de Madrid: en sentencia de 11 de julio de 2012 desestimó el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid y le condenó en costas.

“Ni la sentencia del TSJ, ni la del Tribunal Supremo dicen nada sobre las liquidaciones giradas al amparo de una ordenanza que anulan, pero es de justicia reconocer que si la Comunidad de Madrid no es el sujeto pasivo de la tasa, como han declarado ambos tribunales, no está obligada a pagar nada”, concluye.

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