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Carmena rehúsa multar con la ‘ley mordaza’ y envía las actas al Gobierno

El departamento de Concepción Dancausa ha devuelto todos los expedientes y recuerda que las competencias son del Ayuntamiento

F. Javier Barroso

La Concejalía de Salud, Seguridad y Emergencias ha remitido a la Delegación del Gobierno en Madrid todas las multas que ha impuesto la Policía Municipal desde la entrada en vigor de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como la ley mordaza. Los responsables de este departamento, pese a que puede suponer altos ingresos para las arcas municipales, creen que no tienen competencias para tramitar estas sanciones por lo que remitieron todos los casos. Por su parte, la delegación se los ha devuelto esta semana con un escrito en el que les recuerda que el Ayuntamiento es el competente para imponer las denuncias y cobrar las sanciones tanto de la ley mordaza como por practicar botellón en la calle.

La secretaria general técnica de la Concejalía de Salud remitió un escrito el pasado 5 de octubre un escrito a la Delegación del Gobierno en Madrid en el que afirmaba que existían “dudas interpretativas” de a quién le correspondía imponer las cuantías y cobrar las sanciones de las multas recogidas en la ley mordaza. La funcionaria reconoce en su escrito, al que ha tenido acceso EL PAÍS, que existen dificultades para determinar esa potestad sancionadora “sin caer en discrecionalidades”.

Las sanciones podrían prescribir a los seis meses

El hecho de que el Ayuntamiento de Madrid haya remitido las denuncias por la ley mordaza a la Delegación del Gobierno ha sorprendido tanto en la Policía Municipal como en el propio departamento que dirige Concepción Dancausa. Esta nueva norma impone sanciones muy altas en algunos procedimientos, que ingresa el departamento que las tramita.

En el caso de las faltas leves, la cuantía oscila entre los 100 y los 600 euros. Las graves van de los 601 a los 30.000 euros. Las muy graves (de 30.001 a 600.000 euros) sí son competencia directa del Ministerio del Interior o de la Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del anterior.

El problema que puede haber con este envío y devolución entre ambas Administraciones es que parte de esas multas se queden al final sin cobrar. Ni siquiera en vía ejecutiva. Las faltas leves tienen un plazo de prescripción de seis meses, mientras que las graves llegan hasta el año. Si el Ayuntamiento se retrasa en las primeras, quizás no las cobre.

El documento afirma que son las delegaciones del Gobierno las que tienen la potestad para sancionar las infracciones graves y leves (las más frecuentes), por lo que les pasó un listado con distintas infracciones. En concreto, les mandaron las actas levantadas por los policías municipales por consumo o tenencia de droga en la vía pública; por portar objetos peligrosos para la vida y la integridad física de las personas (todo tipo de armas) y el consumo de bebidas alcohólicas en la calle o en transportes públicos. Estos últimos hechos también se pueden denunciar por la llamada ley antidroga de la Comunidad de Madrid, como ha venido haciendo hasta ahora la Policía Municipal.

La respuesta de la Delegación ha sido rápida. Justo tres semanas después de recepcionar todas las infracciones, el departamento que dirige Concepción Dancausa devolvió con un oficio del secretario general todas las actas con una premisa clara: “Este departamento considera, en relación con la aplicación del artículo 32.1.c) de la ley, que no puede interpretarse del mismo que la iniciación y tramitación de los procedimientos sancionadores le corresponda competencialmente”. A renglón seguido, explica que los Ayuntamientos son los que deben sancionar en materias como seguridad, sanidad e higiene y de defensa del consumidor y el usuario.

El secretario de la delegación hace un compendio de todas las leyes que están vigente y que hasta la fecha han sido utilizados por los distintos Ayuntamientos para sancionar todos y cada uno de los procedimientos relacionados. Recuerda, incluso, que Madrid tiene un cuerpo de Policía Municipal propio. Es más, califica como “nítidamente definida” toda la regulación previa y critica incluso la postura de la Concejalía de Salud: “No cabe ampararse en la Ley Orgánica para hacer una interpretación de cesación competencial de aquellas que fueron inicialmente asumidas”.

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El escrito del secretario general de la Delegación del Gobierno pone fin a la controversia. Cierra el documento con la devolución de todas las actas “a los efectos procedentes”, por lo que el Ayuntamiento será el que tenga que tramitarlos. O, al menos, si prescriben por el paso del tiempo será por su única y exclusiva causa.

Fuentes municipales explicaron que existía “una duda legal” por lo que remitieron las actas a la Delegación. Tras ser devueltas, se están tramitando y remitiendo a los sancionados. Estas fuentes también destacaron que hay “tiempo suficiente” para cobrarlas porque algunas prescriben en un año.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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