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El registro de parejas de la Generalitat dejará pedir el permiso de residencia

El fichero de Barcelona entre 1994 y 2010 registró 8.090 uniones

Camilo S. Baquero
Hacerse pareja de hecho por conveniencia es una infracción administrativa.
Hacerse pareja de hecho por conveniencia es una infracción administrativa.A. ALONSO

El nuevo registro de parejas de hecho que aprobó el Ejecutivo catalán el martes pasado también tendrá efectos en el ámbito de la extranjería. El objetivo que persigue el fichero es garantizar la pensión de viuedad, para ajustarse una sentencia del Tribunal Constitucional que endurecía las condiciones. Sin embargo, también permitirá que, en el caso de que un miembro no tenga permiso de residencia, pueda solicitarlo. En el pasado, la Policía había pedido centralizar las inscripciones para evitar que registros municipales homólogos sirvieran de coartada para matrimonios de conveniencia.

Decenas de municipios catalanes tenían un registro propio, como era el caso de Barcelona,Vilafranca del Penedès o Ripollet. Inicialmente se pusieron en marcha como una manera de permitir que las parejas del mismo sexo pudieran acreditar su estatus, pero con el matrimonio homosexual esa función se diluyó. El fichero de la capital catalana fue uno de los primeros y entre 1994 y 2010 registró 8.090 uniones, de un total de 10.013 solicitudes.

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Gracias a un cambio, desde 2010, las parejas inscritas también podían solicitar la tarjeta de residencia de familiar comunitario, que entre otras cosas permitía trabajar de manera legal. Tanto los Mossos d’Esquadra como la Policía Nacional alertaron poco después de un incremento dudoso en las peticiones. La Secretaría General de Inmigración y Emigración incluso envió una comunicación a las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno para que redoblaran el cuidado a la hora de tramitar expedientes y tarjetas y denunciaran cualquier posible unión fraudulenta a las brigadas de Extranjería.

Barcelona fue una de las primeras en darle el carpetazo a su registro. En noviembre de 2011, después de que el asunto surgiera en una Junta de Seguridad del Consistorio, el entonces primer teniente de alcalde Joaquim Forn (CDC) inició los trámites para cerrarlo a pesar de las reclamaciones de diversos sectores. La petición de los cuerpos de seguridad fue acatada por otros municipios. Pero algunos no lo cerraron, como Sant Joan Despí, lo que generó un agravio comparativo. Los ficheros tampoco estaban conectados entre sí.

Recelos policiales

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La Policía pedía entonces un registro centralizado, con herramientas para controlar el fraude. El Parlament también instó, a través de una moción, a la creación del fichero. El derecho civil catalán reconoce como parejas de hecho las que conviven más de dos años, hacen un registro notarial o tienen un hijo durante la convivencia. Sin embargo, la normativa europea habla de la necesidad de que estas uniones consten en “un registro público” para poder certificarlas, explica Pepi Gutiérrez, de la Subcomisión de Extranjería del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB). “Podías ser una pareja de hecho según la ley catalana pero ello no tenía ningún efecto en extranjería”, ejemplifica Gutiérrez.

Solo hasta que se apruebe el reglamento del registro se conocerá si se incluyen mecanismos adicionales de control del fraude. El decreto de creación, de momento, fija que en el registro consten las escrituras de constitución de las parejas y otros actos que certifiquen las condiciones expuestas en el código civil catalán. Los requisitos de los registros municipales eran muy heterogéneos y en algunos bastaba con presentar documentos que certificaran que al menos uno de los integrantes de la pareja estaba empadronado, que eran solteros y mayores de edad. También queda por resolver cómo se integrarán los registros existentes con el autonómico. El decreto habla de iniciar contactos con los entes locales para acordar el despliegue y la unificación de condiciones.

Una sentencia del Tribunal Constitucional aumentó de dos a cinco años el tiempo de convivencia de una pareja de hecho para que, en el caso de muerte, se pueda cobrar la pensión de vuidedad. También se pedía estar inscrito en un registro de este tipo de uniones por lo menos dos años. Esta resolución no se ajusta a lo que establece el derecho civil catalán.

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Sobre la firma

Camilo S. Baquero
Reportero de la sección de Nacional, con la política catalana en el punto de mira. Antes de aterrizar en Barcelona había trabajado en diario El Tiempo (Bogotá). Estudió Comunicación Social - Periodismo en la Universidad de Antioquia y es exalumno de la Escuela UAM-EL PAÍS.

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