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Un tribunal ve legal la cláusula suelo de una hipoteca con Unicaja

La Audiencia de Granada cree que las condiciones se expusieron de manera clara

El presidente de Unicaja, Braulio Medel, durante un curso en la UIMP.
El presidente de Unicaja, Braulio Medel, durante un curso en la UIMP.E. Cobo

La Audiencia Provincial de Granada ha ratificado la legalidad de la cláusula suelo incluida en un préstamo hipotecario contratado con Unicaja Banco. Los magistrados de la sección tercera del órgano provincial consideran que las condiciones estipuladas en dicho contrato se expusieron de manera clara y que eran "fácilmente comprensibles" por el demandante. La resolución, fechada el 12 de junio, se conoce dos días después de que el presidente de la entidad, Braulio Medel, saliera en defensa de las cláusulas suelo en un curso de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP).

Según la sentencia, la cláusula suelo quedaba resaltada "en negrita" y estaba ubicada correctamente en el contrato. "Su ubicación sistemática dentro del contrato parece lógica, pues viene a continuación de la explicación de cómo se calcula el tipo de interés sin que se dé al límite un tratamiento impropiamente secundario, resaltando su singularidad y especificidad", dicen los magistrados antes de añadir: "No se trata por tanto de una cláusula sorpresiva, incorporada entre una abrumadora cantidad de datos entre las que queda enmascarada y que diluyen la atención del consumidor". En dicho contrato hipotecario se señalaba que, "en ningún caso, el tipo de interés aplicable al prestatario será inferior al 3,5% nominal anual".

Con esta decisión, la Audiencia desestima el recurso de apelación interpuesto por el demandante contra la sentencia del Juzgado Mercantil de Granada del 19 de enero de 2015, que desestimaba la demanda de nulidad de la cláusula suelo incluida en dicho préstamo hipotecario.

Además, los magistrados estiman la legalidad de dicha cláusula al afirmar que "el contrato expone de manera transparente y en un contexto no sorprendente, el funcionamiento concreto de la estipulación [...] permitiendo al consumidor conocer el contenido de su incidencia". Además, concluyen que "no se utilizan expresiones que puedan dar lugar a confusión" y añaden que "no puede establecerse que adolezca de falta de transparencia". En ese sentido, creen "el consumidor y usuario puede evaluar, directamente, las consecuencias económicas y jurídicas que se derivan".

Unicaja es la tercera entidad con más expedientes enviados por los clientes al Banco de España por problemas con las cláusulas suelo. En 2014, fueron 1.748 expedientes. En 748 casos, el Banco de España dio la razón al reclamante. Sin embargo, Unicaja solo admitió el criterio del supervisor y rectificó en el 0,3% de los casos. Con estos datos, es una de las entidades que más ha desacatado el criterio del organismo dirigido por Luis Linde. La ley permite no seguir el dictamen del supervisor. En 283 casos, el Banco de España le dio la razón a Unicaja y en 180 casos el propio banco desistió de mantener el proceso y admitió que tenía razón el afectado.

En su intervención en un curso de la UIMP, Braulio Medel recordó que el Tribunal Supremo, en una sentencia de 2013, "no dice que hayan sido abusivas estas cláusulas, sino que cuando haya habido falta de información, transparencia, entonces ha sido de aplicación incorrecta". Asimismo, apuntó que si en un contrato dice que nunca se pagará menos del 3% de interés, no entiende como "no ya la mitad, sino el 95% o el 100%", de los clientes pudiese desconocer lo que firmaba.

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