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Las fechas para un nuevo Gobierno

El Parlamento se constituirá el 16 de abril y, tras ello, se elegirá al presidente o presidenta

Vista del Parlamento andaluz.
Vista del Parlamento andaluz.JULIÁN ROJAS

Tras la victoria de la socialista Susana Díaz en las elecciones autonómicas de este domingo, se abre un proceso para formar Gobierno que podría estirarse hasta a finales de junio. La décima legislatura andaluza presenta un Parlamento fragmentado con cinco fuerzas (PSOE, PP, Podemos, Ciudadanos e Izquierda Unida) y ello podría complicar algunos de los pasos. Estas son las principales fechas de este calendario.

Del 25 de marzo al 7 de abril. Hasta el día 28 de marzo, se realiza el escrutinio oficial de los votos en las distintas juntas electorales provinciales. El día 29, podrán presentarse las reclamaciones, que se resolverán al día siguiente. Los parlamentarios serán proclamados electos el día 7 de abril. 

16 de abril. Quedará constituido el Parlamento andaluz con los 109 diputados, que deberán jurar sus cargos. Asimismo, se elegirá al presidente de la Cámara y a los miembros de la Mesa, encargados de velar por el cumplimiento de las normas. En cuanto a la elección del presidente del Parlamento, pese a que lo habitual es que pertenezca al partido en el Gobierno, los grupos parlamentarios podrán presentar un candidato que se someterá a la votación de los diputados. Deberá obtener mayoría absoluta, si no, se repetirá la elección entre los dos aspirantes con más apoyo.

21 de abril. Es la fecha límite para que se constituyan los grupos parlamentarios, que necesitarán haber obtenido en los comicios al menos el 5% de los votos. Los grupos deberán elegir un portavoz, un portavoz adjunto y un secretario.

Del 30 de abril a finales de junio. La sesión de investidura del nuevo presidente o presidenta de la Junta podrá celebrarse a partir del 16 de abril y, como límite, hasta el 30 de abril. El presidente de la Cámara abrirá una ronda de consultas entre los grupos parlamentarios para proponer a un candidato a la presidencia. En primera votación, el aspirante tiene que obtener la mayoría absoluta de la asamblea y, en posteriores votaciones, mayoría simple. Si transcurridos dos meses desde la primera votación, ningún candidato resultara elegido la presidenta en funciones deberá convocar de nuevo elecciones.

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