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El Supremo condena a RTVV a devolver el plus que retiró a la plantilla

Intersindical Valenciana calcula en dos millones de euros el reintegro que tendrá que hacer la Administración valenciana

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por RadioTelevisió Valenciana (RTVV) contra una sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba al ente público a devolver el plus de convenio que quitó de la nómina a los empleados a partir de noviembre de 2012.

En la sentencia dada a conocer por Intersindical Valenciana, el Supremo considera que el establecimiento de este plus estaba ligado a las prestaciones y contraprestaciones colectivamente pactadas y que, en consecuencia, la empresa no puede pretender la devolución de las cantidades entregadas.

Aunque el alto tribunal reconoce que en las tablas salariales de 2001 no constan las razones por las que se concede ni contaba con la autorización de la Consejería de Hacienda, la empresa "no puede válidamente pretender la devolución de las cantidades indebidamente entregadas".

El litigio laboral fue planteado inicialmente por los sindicatos CCOO, UGT e Intersindical (a los que se sumaron USO y CGT, pero no CSIF), que presentaron una demanda contra la decisión de la empresa de descontar de la nómina, a partir de noviembre de 2011, el plus de convenio percibido indebidamente entre 2001 y 2011.

Según Intersindical, esta sentencia supone que RTVV tendrá que devolver a los trabajadores unos dos milloneds de euros que fueron detraídos tanto de las nóminas como de las liquidaciones de los contratos del primer Expediente de Rescisión de Empleo (ERE).

El sindicato ha agregado que, además, la empresa tendrá que recalcular al alza las indemnizaciones al aumentar la base de cotización.

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