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Aval judicial a un chalet de lujo construido en un espacio protegido

La mansión de un magnate de Kazajistán está situada en macizo de Cadiretes, en Lloret de Mar

Imagen aérea de las obras de construcción de la mansión en Cadiretes.
Imagen aérea de las obras de construcción de la mansión en Cadiretes.

Can Juncadella, la mansión de lujo de 3.000 metros cuadrados construida frente al mar en suelo y protegido en Lloret de Mar (la Selva) con la argucia de reformar una casa de masoveros y un gallinero se ajusta a la ley. Así lo considera un auto del Juzgado de Instrucción núm 1 de Girona que archiva el caso porque no ve indicios de prevaricación en el informe favorable de los responsables de Urbanismo. Mantiene que no utilizaron una treta legal para dar cobertura al proyecto.

Can Juncadella, propiedad de un magnate de Kazajstán, está en el macizo de Cadiretes, en suelo no urbanizable acogido a la Red Natura 2000 como lugar de interés comunitario y está también protegido por el Plan del Sistema Costero y por el Plan de Espacios de Interés Natural. El chalé, que cuenta, entre otras estancias, con un teatro, una sala de masajes, tres saunas, 13 suites y 19 baños, se autorizó cuando era alcalde el actual diputado de CiU en el Parlament Xavier Crespo, investigado por sus lazos con la mafia rusa. El hermano de este, el arquitecto Josep Maria Crespo, estaba tras el proyecto de Can Juncadella.

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El juez considera que Camil Cofan, ex director de Urbanismo de Girona y subdirector de Urbanismo de la Generalitat, y Sonia Bufarull, secretaria de la Comisión de Urbanismo, no incurrieron en prevariación cuando emitieron un informe favorable a la construcción de la mansión. Tras analizar la prueba documental y las declaraciones de los imputados, el juez archiva el caso y argumenta que “no son hechos constitutivos de delito porque no hay actuación contraria a derecho”. Lo hicieron “porque entendieron que el proyecto se adecua al planeamiento urbanístico”.

El juez recuerda que, como ya se expuso en el auto de archivo de Blanes, “la tramitación del proyecto por el artículo 50 de la Ley de Urbanismo y no el 48, que fue por donde se inició, fue correcta, o al menos no arbitraria”. Explica el auto que la solicitud de obras se presentó en marzo de 2007 por el artículo 48, en la que la aprobación definitiva corresponde a la Comisión de Urbanismo, porque el POUM de Lloret y el catálogo de masías no habían entrado en vigor. A final de abril entró en vigor la norma, y por eso se acabó tramitando por el artículo 50, por el que la comisión emite un informe favorable o no, pero quien da la licencia es el Ayuntamiento.

El juez considera que “cuando los imputados deciden cambiar el trámite de artículo, no actúan de forma arbitraria omitiendo el procedimiento adecuado para eludir la existencia de los tres informes desfavorables de Medio Ambiente, sino cumpliendo lo establecido por ley”. El auto añade que en ningún momento intentaron esconder ni el cambio de tramitación ni los tres informes y recuerda que se aprobó por unanimidad en la comisión. Recuerda también que tanto el POUM como el catálogo de masías estaban aprobados.

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Oriol Font, abogado de SOS Lloret, que solicitó pruebas complementarias para acreditar “que no se trata de una reforma, sino de una nueva construcción”, ha anunciado que recurrirán. Sostiene que el catálogo de masías tiene como razón de ser su conservación, lo que no tiene que ver con el chalé de lujo levantado.

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