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El Supremo anula la subida del canon de los puertos deportivos privados

La resolución afecta a 13 de los 63 recintos náuticos del litoral andaluz

Vista aérea del Puerto Banús, Marbella (Málaga).
Vista aérea del Puerto Banús, Marbella (Málaga). JULIÁN ROJAS

El Tribunal Supremo ha anulado el decreto promovido en 2004 por la Consejería de Obras Públicas de la Junta que autorizaba la subida de los cánones de los puertos deportivos de gestión indirecta de la comunidad. De los 22.057 atraques que hay en el litoral andaluz, un 20% está gestionado por el Gobierno (15 recintos de los 63 que existen) y el resto está en manos de clubes deportivos o de sociedades concesionarias. Según fuentes de Fomento (denominación actual de la anterior Obras Públicas), la resolución del alto tribunal afecta a 13 puertos de esta última categoría, entre los que están el de José Banús (Marbella) y Benalmádena, entre otros.

La resolución del Supremo, que revoca la dictada en febrero de 2011 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se justifica en que el decreto de la Junta no se acompañó de la obligatoria memoria económica que justificara la necesidad de elevar la cuantía de las tasas. La asociación Marinas de Andalucía, que aglutina al 90% de los puertos deportivos privados de la comunidad, consideró que esta sentencia “extiende automáticamente la ilegalidad” a todos los cobros de canon que ha hecho la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA) desde 2006, cuando entró en vigor la medida.

La Junta estudia ahora cómo repercute esta decisión judicial en la maraña de pleitos vinculada a las tasas de los puertos deportivos de gestión indirecta. Dichas fuentes aseguran, en cualquier caso, que no tendrá repercusión en las arcas públicas del Gobierno porque estos recintos no abonan el canon desde hace ocho años. Las liquidaciones semestrales también han sido recurridas “sistemáticamente”.

En cuanto a la subida de tasas, que la consejería opta por no precisar, la defensa para su revisión es que estaban “desactualizadas”, ya que algunos casos sobrevivían con cantidades fijadas incluso durante el régimen franquista. El canon de cada recinto es distinto y se calcula en función de varios criterios.

Para la patronal, sin embargo, la subida planteada para las instalaciones náuticas en 2006 y 2007 fue “arbitraria y desorbitada”. Marinas de Andalucía mostró su satisfacción por el fallo judicial tras años de litigio y afirmó que la medida de la Junta ponía en peligro la viabilidad de los puertos deportivos afectados.

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