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El Supremo manda tramitar la caducidad de la concesión de Ence

El fallo ratifica la orden de suspender la explotación y parar actividades

Bañistas frente a la pastera de ENCE, al borde de la ría de Pontevedra.
Bañistas frente a la pastera de ENCE, al borde de la ría de Pontevedra.LALO R. VILLAR

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de Ence y la Abogacía del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional que en 2011 mandó iniciar el proceso para declarar caducada la concesión de la fábrica de celulosas en Lourizán, junto a la ría, a instancias de la pequeña asociación local Salvemos Pontevedra, poco a poco especializada en denunciar desmanes en el litoral.

En una resolución del pasado día 11, el Alto Tribunal rechaza los argumentos de la Administración y de la empresa papelera, a los que condena en costas, y reitera la validez de aquel fallo judicial, que ordenaba además “la adopción de todas las medidas legalmente contempladas para la paralización de las actividades y suspensión del uso y explotación de las instalaciones”. La sentencia llega en mal momento para la empresa, que espera a que se publique el nuevo Reglamento de Costas para solicitar una prórroga de la concesión más allá del año 2018.

El Tribunal Supremo cierra así un proceso que se caracteriza por no haber analizado en ningún momento el fondo del asunto; todo el camino judicial se ha centrado en juzgar el sentido de la inacción de la Administración, que sistemáticamente permaneció muda ante los requerimientos de la ONG. La Audiencia en 2011 y ahora el Supremo reiteran que el silencio en estos casos equivale a dar la razón a quien reclama y manda incoar ese expediente de caducidad.

Este procedimiento, que tendrá que arrancar el Ministerio de Medio Ambiente, viene regulado en el reglamento vigente de la vieja Ley de Costas, que prevé declarar caducada la concesión en varios supuestos, entre ellos la “alteración de la finalidad del título” o el incumplimiento de las reglas sobre transmisión, dos de las causas que Salvemos Pontevedra viene invocando pero que la Administración no ha querido hasta ahora pararse a evaluar. La construcción de la depuradora de aguas y el emisario submarino o el proceso de privatización de la empresa son algunos de los supuestos que habrá que tratar necesariamente. Salvemos Pontevedra cree que este expediente no puede tardar en tramitarse más de un año, según declaró ayer Francisco Díaz, su presidente. La empresa habla genéricamente en un comunicado de “varios años” y, dice confiar en que se resuelva a su favor.

La otra pata del fallo también genera desacuerdo. Ence asegura que mientras esté el proceso de caducidad en marcha podrá seguir operando sin problemas, algo que choca con lo que expresamente dice la sentencia. La resolución del Supremo remite, en ese sentido, a las instalaciones a las que se refería Salvemos Pontevedra en su recurso administrativo original. En aquel documento se mencionaba a la planta de tratamiento de vertidos o el emisario submarino, instalaciones sin las que la planta tendría difícil operar. Desde la ONG entienden que la orden es de paralización absoluta. “Ence ha terminado su recorrido”, insiste Díaz. Medio Ambiente declinó ayer explicar su interpretación del fallo y sus consecuencias.

"Ence puede seguir y seguirá"

EP

Ence ha rebatido la interpretación de la sentencia del Tribunal Supremo que hace la asociación Salvemos Pontevedra sobre la factoría de Lourizán y ha asegurado que "puede seguir y seguirá realizando sus actividades" y agrega que mantiene "su legítimo derecho a obtener una prórroga de su concesión al amparo de la Ley de Costas".

Salvemos Pontevedra interpreta que el fallo del alto tribunal ratifica el cese de la actividad de la fábrica de celulosa, y "conmina al Estado a adoptar las medidas cautelares precisas para el cierre y la paralización de las actividades industriales de las instalaciones de Ence en Lourizán".

Por contra, Ence sostiene que la concesión de la fábrica en la Ría de Pontevedra "sigue plenamente vigente" y que "decir lo contrario es faltar a la verdad y manipular". Según la empresa, la sentencia del Supremo "únicamente condena a la Administración a iniciar un expediente de declaración de la caducidad de la concesión, pero en ningún caso se prejuzga el resultado final del mismo".

"Sólo se ordena tramitar un procedimiento, pero en ningún momento se pronuncia sobre si existe o no causa de caducidad de la concesión, como tampoco lo hizo en su día la sentencia de la Audiencia Nacional", sostiene la empresa, que agrega que la ejecución de la sentencia del alto tribunal "consistirá exclusivamente en la apertura de dicho expediente administrativo".

Además, agrega que "Ence tiene la convicción de que este expediente se resolverá favorablemente porque no existe motivos para declarar la caducidad de la concesión". Asimismo, ratifica que la actividad de Ence no se verá afectada por la sentencia del Supremo.

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