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La ley de consultas supera su penúltimo trámite en el Parlament

El PSC apoya el texto, aunque advierte que no debe servir para amparar el referéndum del 9 de noviembre

Artur Mas anunció el pasado diciembre la pregunta y el referéndum para el 9 de noviembre de 2014.
Artur Mas anunció el pasado diciembre la pregunta y el referéndum para el 9 de noviembre de 2014.Albert Garcia (Albert Garcia)

La ley que permitirá al presidente de la Generalitat convocar la consulta  ha superado en el Parlamento catalán su penúltimo trámite. CiU, Esquerra, Iniciativa, el PSC y la CUP han apoyado el dictamen, mientras que PP y Ciutadans han votado en contra en la comisión de asuntos institucionales. El texto será enviado ahora al Consejo de Garantías Estatutarias por los defensores y detractores de la ley, para que informe sobre si se ajusta a la Constitución y el Estatuto. Este órgano asesor emitirá un informe no vinculante en el plazo de un mes y los grupos parlamentarios podrán abrir un nuevo período de enmiendas.

Tras el trámite de hoy solo faltará la aprobación por el Pleno de la cámara en el mes de septiembre. Algunos partidos han anunciado que mantendrían vivas sus enmiendas hasta entonces. Según el articulado, el plazo para que el presidente de la Generalitat convoque la consulta expira el 9 de octubre, justo un mes antes de la fecha pactada por los partidos del bloque soberanista.

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Los grupos han reiterado esta mañana en la cámara sus posicionamientos con la ley. La más contundente ha sido la diputada Carina Mejías, de Ciutadans, un partido que no ha participado en la ponencia. "Si hemos actuado así es para no ser cómplices ni dar ninguna coartada a la consulta. Nosotros no participaremos en la trampa del referéndum ilegal", ha dicho.

En términos parecidos se ha expresado el diputado del PP Santiago Rodríguez, quien ha denunciado la "falta del consenso" del resto de grupos, que dejaron solos a los populares en la ponencia. "Esta ley es un despropósito y no sirve para hacer el referéndum del 9 de noviembre. Votamos en contra porque no queremos ser partícipes del fraude".

Los socialistas comparten el argumento de que la ley no puede amparar la consulta soberanista, pero entienden que es un mecanismo de participación democrática y por ese motivo apoyan el texto, según ha dicho el diputado Ferran Pedret. Con todo, ha advertido de que "lo que se puede consultar a la ciudadanía son materias sobre las que tiene competencias la Generalitat".

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Distinta ha sido la posición de los partidos del bloque soberanista que pactaron la fecha del 9 de noviembre y la doble pregunta de la consulta. "Es la ley que permitirá votar a los catalanes", ha dicho Josep Rull, de CiU. "No es solo una ley para el 9 de noviembre, pero también es una ley para el 9 de noviembre", ha remachado, al tiempo que ha destacado su rigor jurídico y el amplio apoyo político.

Gemma Calvet, de ERC, ha mostrado su satisfacción por el dictamen aprobado y ha asegurado que era plenamente constitucional y estatutaria. "La concepción de la ley es la de una democracia moderna", ha apostillado. Dolors Camats, de ICV, ha afirmado que la ley permitirá a los ciudadanos que "hagan aquello que reclaman desde hace tiempo, que es poder decidir en las políticas de ámbito local y catalán que les afecta". Quim Arrufat, de la CUP, ha coincidido en la importancia de articular mecanismos legales de participación ciudadana.

Los detalles de la ley

Votantes

Pueden votar los catalanes mayores de 16 años que residan en Cataluña y los residentes en el extranjero que se hayan inscrito en el registro creado por la Generalitat. También los ciudadanos comunitarios con un año de residencia y los extracomunitarios con tres años.

Censo

Se crea el Registro de Participación en consultas populares no refrendarias formado por los datos del Registro de Población de Cataluña, que se nutre del padrón municipal, y por el Registro de Catalanes en el Exterior.

Efectos

Las consultas no tienen carácter vinculante, pero los poderes públicos que las convoquen se deberán pronunciar sobre su incidencia política en el plazo máximo de dos meses.

Convocatoria

La consulta se ha de realizar en el plazo máximo de 60 días y un mínimo de 30 a contar desde la publicación del decreto de convocatoria.

Ámbito

La ley no delimita las materias sobre las que se puede consultar, solo excluye de manera expresa las que puedan limitar o restringir drechos y libertades fundamentales previstos en la Constitución y el Estatuto, además de las referidas a materias tributarias y a presupuestos ya aprobados.

Autoridad electoral

Se crea la Comisión de Control para velar porque la celebración de la consulta se ajuste a la legalidad. La componen siete personas, entre juristas y politólogos de prestigio que nombra el Pleno del Parlament por mayoría de tres quintos al inicio de la legislatura.

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