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Cinco años de cárcel por dar una paliza a su expareja que no quería seguir

Indemnizará a la mujer con 22.600 euros por las lesiones, las secuelas y los gastos médicos

La sección primera de la Audiencia de Alicante ha condenado a un vecino de Alcoi a cinco años de prisión por un delito de lesiones con el agravante de parentesco familiar y a indemnizar a su expareja con 22.600 euros por las lesiones, las secuelas y los gastos médicos que le ocasionó la paliza que le dio al negarse a retomar la relación.

No obstante, la sala le ha absuelto de maltrato habitual "ya que no hay base probatoria que sustente la imputación"; de maltrato, por los mismos argumentos anteriores, y de amenazas, dado que tampoco se pudieron probar.

Según los hechos probados, la agresión se produjo en septiembre de 2013 cuando el hombre fue a dejar con la madre a los hijos que tenían en común. En ese momento, solicitó a su expareja retomar la relación y ante la negativa de la mujer, el hombre arremetió contra ella a "puñetazos" hasta que varias vecinas, alertadas por los gritos de socorro, salieron en su ayuda. El exmarido huyó y fue localizado por la Policía en una gasolinera de la localidad de Ibi, donde fue detenido.

A consecuencia de la paliza, la mujer sufrió hematomas, heridas en los labios, perdió diversas piezas dentales, así como múltiples esquimosis y estrés postraumático.

Argumenta la sala que de las pruebas practicadas no cabe duda de que el hombre fue el autor de la paliza, porque no había una "posibilidad plausible" de que otra persona pudo "sin objeto" ni "sentido alguno" agredirla. Además, señala que los testimonios reconocieron haber visto al hombre acudir a la vivienda a por los hijos.

Además, la sección primera ha estimado la agravante de "parentesco" porque aunque llevaban unos meses separados la relación "se había extinguido poco antes de la agresión". Por ello, le imponen una pena de cinco años de prisión y al pago de una indemnización de 22.600 euros en concepto de gastos médicos, secuelas y lesiones.

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Por otra parte, la sección primera da traslado de la condena a otra sala de la Audiencia para que estudie una suspensión de pena concedida al hombre por tráfico de drogas en 2011.

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