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Absuelto de abusos a un menor tras pasar tres años en la cárcel

La juez considera que el relato del niño no es prueba suficiente La víctima, de cuatro años, dio versiones contradictorias

La Audiencia de Girona ha absuelto por falta de pruebas a un hombre que pasó tres años en prisión provisional tras ser acusado de haber abusado sexualmente del niño que cuidaba. José Ricardo A. L., de nacionalidad brasileña, fue canguro del menor de cuatro años en mayo de 2008 en Empuriabrava (Castelló d'Empúries). El fiscal pedía una pena de 14 años y medio por un delito continuado de agresión sexual.

José Ricardo A. L., que convivió con la familia en mayo de 2008, estaba acusado de obligar al niño a hacerle felaciones "aprovechando las ausencias" de los padres. Además, habría "eyaculado sobre él, al mismo tiempo que le tocaba las nalgas". Para conseguir su objetivo, le habría amenazado con contárselo a su padrastro, "quien era muy severo con él" y a quien le tenía "gran temor".

La sentencia recuerda la cautela con la que se debe valorar el testimonio de la víctima cuando este es la única prueba en la que se sustenta la acusación. En este caso, la considera mayor por la edad del niño, que al no estar formado "no valora la trascendencia y consecuencia de sus manifestaciones y es además fácilmente influenciable".

En la resolución también se recoge que el menor incurre en "contradicciones" en sus dos declaraciones, en instrucción y en el juicio, a la hora de describir en qué consistieron los abusos, cómo, cuándo y dónde sucedieron. Esto genera "serias dudas" sobre su veracidad y fiabilidad, recoge el fallo.

La sentencia concluye que todos los datos expuestos suscitan "dudas de que el relato del menor responda a la realidad". Aunque "no puede afirmarse que no se hubiera producido algún episodio de agresión sexual", lo que explicaría parte de su relato, al no existir otra prueba distinta a la de su declaración, "las dudas sobre su credibilidad en algunos puntos empañan la totalidad de su declaración como prueba de cargo en la que sustentar la condena".

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