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Absueltos de delito urbanístico cuatro policías locales de Córdoba

El tribunal cree que la manipulación de un expediente por parte de los agentes “fue inocua”

Los cuatro policías acusados por un delito urbanístico, durante una sesión del juicio.
Los cuatro policías acusados por un delito urbanístico, durante una sesión del juicio. JUAN MANUEL VACAS

Los cuatro policías locales de Córdoba acusados de falsedad cometida por funcionario en el ejercicio de sus funciones por su vinculación a una construcción ilegal en una urbanización irregular han sido absueltos. La sentencia entiende que la manipulación que se realizó del expediente por parte de los agentes en la tramitación de la denuncia “fue inocua” y destaca el caos con el que se funcionaba dentro de la comisaría.

La fiscalía solicitaba para cada uno de los cuatro presuntos implicados tres años y nueve meses de prisión, una multa de 5.400 euros e inhabilitación durante cuatro años.

Los cuatro policías locales estaban adscritos al servicio de Medio Ambiente del Ayuntamiento, que controla el cumplimiento de la normativa urbanística. Dos de ellos, que son pareja, se habrían levantado un chalet en la parcelación irregular de Torreblanca. A los otros dos agentes del mismo cuerpo se les acusaba de haber hecho la vista gorda y no haber iniciado expediente alguno de infracción.

El acta de inspección no se cumplimentó hasta que el matrimonio de agentes que había acometido la construcción ilegal recibió la llamada de un periodista advirtiéndole de que iba a contar la historia en la prensa y señalándole la irregularidad que suponía que la infracción estuviese bloqueada.

La mujer del matrimonio de agentes reconoció que, asustada por la llamada del periodista, fue a la comisaría de la Policía Local para acelerar el cumplimiento del expediente y enviarlo a la Gerencia Municipal de Urbanismo. Para ello, señala, usó una plantilla ya existente que se usa para facilitar el trabajo, pero dijo que no manipuló un documento anterior. Ella misma afirma que corrigió algunos datos del documento.

En su sentencia, que avanzó ayer Europa Prees, el tribunal atestigua el “descontrol” que existía en la Policía Local a la hora tramitar estos expedientes, pero señala que “no es solo atribuible a los que físicamente llevaban el registro o fichero informático, sino a sus superiores y a las instancias administrativas de quienes dependía el Servicio de Disciplina Urbanística”. Los jueces no consideran el registro informático como un documento oficial y, por tanto, las “alteraciones” que se realizaron de estos ficheros no supondrían una falsedad a efectos penales.

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