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MIGUEL ÁNGEL CADENAS / PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE XUSTIZA DE GALICIA

“El juez instructor debe ordenar las escuchas con cautela extrema”

Ante la proliferación de casos de corrupción, el presidente del alto tribunal llama a reforzar los controles internos de la Administración

Miguel Angel Cadenas, en la sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Miguel Angel Cadenas, en la sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.GABRIEL TIZÓN

Es el primer presidente de tendencia progresista del Tribunal Superior de Xustiza Galicia, y al margen de los inicios de la institución, en 1989, no hubo una elección tan poco reñida como esta en la que acaba de ser nombrado para un segundo mandato. “No sé si eso es bueno o es malo”, dice con una sonrisa Miguel Ángel Cadenas Sobreira (Ourense, 1947). Atribuye a “un gesto de solidaridad” que nadie le disputará esta vez la presidencia, dado que sólo le quedan tres años para jubilarse. Tan afable como prudente en sus declaraciones públicas, se le escapa un gesto de hastío al mentarse la proliferación de casos de corrupción. Pero se le nota un tanto preocupado de que al llegar a juicio, muchos acaben en “absoluciones técnicas” por errores en la obtención de pruebas. Basta que se anule una, advierte.

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Pregunta. Suele decir que la Justicia debe ser el remedio último a la corrupción, pero aparece como principal. Muchos casos afloran por casualidad en investigaciones judiciales.

Respuesta. Los jueces sólo cumplimos con nuestra función constitucional. No se pueden malversar las normas utilizando el Código Penal como un instrumento para solucionar determinadas situaciones. Quizá lo que haya que hacer es reforzar los mecanismos internos de control dentro de la Administración. La justificación del legítimo poder del Estado es asumir el orden jurídico. Sería beneficioso socialmente que se pueda atajar internamente.

P. La corrupción o sospecha alcanza a todas las instituciones, incluida la monarquía. Y proliferan también las críticas a la justicia, por su lentitud o incluso contra la actuación de algunos jueces.

R. Lo que de verdad dañaría a la justicia es que los jueces no asuman su función constitucional. Es válida la censura y la crítica siempre que sean motivadas, con fundamento. Es lamentable que un juez tenga que pedir amparo, pero hay mecanismos previstos para esas situaciones. La vida social, económica, política y judicial es así de compleja.

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P. Los imputados en la Operación Pokémon censuran que se alargue demasiado el secreto del sumario y se conozca luego por entregas. ¿Es partidario de limitar el secreto sumarial?

R. Sí, lo deseable es que sea restringido, que sólo se use cuando esté especialmente justificado. Hay que recordar que un sumario es secreto para las partes, pero nunca para el Ministerio Fiscal. Un juez tiene una función investigadora, desde luego, pero también la de garantizar los derechos fundamentales. Debe controlar la legalidad de las actuaciones de todos los operadores jurídicos en un sumario. Una de las manifestaciones muy importantes de la presunción de inocencia, en el ámbito penal, es que la prueba no sólo ha de ser incriminatoria, sino también lícita. No lo es la que se obtiene vulnerando derechos. En este campo es donde se pueden producir absoluciones técnicas. Ya ocurrió. Un caso llega a juicio, se declara nula una prueba por vulnerar derechos fundamentales, arrastra potencialmente a otras pruebas vinculadas jurídicamente a la declarada nula y se queda sin prueba de cargo. Y sin ella es presunción de inocencia y una sentencia absolutoria. La principal responsabilidad de un juez instructor es evitarlo.

P. ¿Se refiere a las escuchas policiales?

R. Sin duda, las escuchas, las entradas en domicilio, las investigaciones corporales, todo eso hay que hacerlo con cautela extrema.

P. ¿Ocurren con frecuencia esas absoluciones técnicas?

R. Hubo casos llamativos. Pero yo lo que quiero poner de relieve es que se valora la actuación de un juez instructor cuando el caso llega a juicio, ahí es cuando se va a reexaminar la validez y la suficiencia de las pruebas. Ese es el verdadero examen de la labor instructora.

P. ¿Se debe acotar o trocear, también en aras de ganar agilidad, sumarios como el de la Pokémon, con 100 imputados y extendido a varias provincias?

R. Es un derecho pedir que se agilice la instrucción para que termine pronto. Pero no siempre es posible, hay que ver la complejidad del sumario y su estado en cada momento. A lo mejor es perfectamente posible que haya conductas que merecen una pieza separada para investigar luego, y terminar con otras para llevarlas cuanto antes a juicio. Pero eso deben decidirlo en cada momento el instructor con el fiscal y las partes personadas. Y siempre hay posibilidad de recurrir a la Audiencia Provincial.

P. Lo del secreto del sumario no se respetó en el caso Asunta, la niña asesinada en Santiago, ni tampoco la cautela con ciertas pruebas.

R. Un juez de instrucción tiene que tratar de establecer un marco de seguridad, dentro de sus posibilidades, para evitar fugas de contenido sumarial. Si ese marco es muy endeble, y hay una fuga indebida, el instructor debe aplicar los resortes legales que tiene. Se puede abrir un procedimiento penal por revelación de secretos.

P. Este caso ya aparece sentenciado por la opinión pública. ¿Está garantizado que no se contamine al futuro jurado popular?

R. Ser jurado es una carga cívica. Ningún ciudadano puede quejarse de tener que afrontarla. Pero no es lo mismo un ciudadano cuando lee el periódico en una cafetería y cuando le comunican que va a ser jurado, lo sitúan en una sala de vistas con un magistrado-presidente que le indicará que es obligado partir de la presunción inocencia, que quien tiene la carga de probar es quien acusa, no el acusado, y que las únicas pruebas que valen son las practicadas en la sala de juicio, no otras. En ese contexto, yo creo que cualquier ciudadano se reviste de la misma actitud que un magistrado profesional a la hora de resolver un asunto. Los profesionales también leemos la prensa, vemos la televisión y escuchamos la radio. Somos también influenciables, tenemos nuestra propia vida personal, familiar, social. Pero cuando nos enfrentamos profesionalmente con un caso, tenemos nuestro imparcial criterio. Estoy seguro que llegado el momento, es fundamentalmente lo que va a hacer un jurado popular.

P. ¿Funciona bien la Ley del Jurado en Galicia?

R. Con sus problemas y defectos, funciona correctamente. Los casos que llegan en apelación son escasos, unos 10 o 12, pero son todos especialmente graves y muy conocidos. Al principio, la mayor parte de los recursos venían por cuestiones formales, como veredictos no suficientemente motivados, pero las actuaciones de los jurados se han ido tecnificando.

P. ¿El cambio de juez puede afectar a la instrucción del accidente del tren en Santiago? El Prestige tuvo cinco instructores en 10 años.

R. Un cambio de juez no tiene que suponer la parálisis de un juzgado y menos en una instrucción del calibre de la del tren. A los dos días había un juez de refuerzo en ese juzgado. Con el Prestige se tardó ocho años, lo cual suena a sarcasmo. Pero en el caso del tren, tampoco podemos crear un juez ad hoc. Hay que reconocer la responsabilidad del juez Aláez por seguir con la instrucción mientras no aparezca el nuevo titular del juzgado. Y cuando llegue, sería una falta de respeto que no asuma el caso porque es tan juez como su antecesor.

P. ¿Entiende la reacción social de cabreo por la sentencia absolutoria del Prestige?

R. Entiendo perfectamente a la opinión pública y sus censuras por la sentencia. Se puede criticar pero no la facultad de la sala del tribunal para decidir absolver o condenar. Es censurable la fundamentación de su decisión por la vía del recurso.

P. ¿Y ese fallo puede ser consecuencia de una mala y demasiada larga instrucción? El presidente de la sala dijo que faltaban responsables en el banquillo de los acusados.

R. Sí, puede ser. La instrucción fue desdichada. Pero hay que aprender de errores en situaciones pasadas. Hoy hay otros medios, más agilidad.

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