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Una empresa recupera 5 millones de un producto tóxico de Banco Popular

La abogada de Ausbanc Marisa Gracia logra una sentencia firme que anula el contrato especulativo con una empresa vitoriana de 90 trabajadores que tenía que cerrar

Pedro Gorospe
Luis Pineda a la izquierda y Marisa Gracia, de Ausbanc
Luis Pineda a la izquierda y Marisa Gracia, de AusbancEL PAÍS

Creyó a pies juntillas que firmaba un seguro para protegerles de la posible subida descontrolada del euribor, y acabó con una deuda de 2,5 millones primero y cinco millones al final, que les obligaba a cerrar la empresa. Los responsables de una firma familiar de Vitoria dedicada al cartonaje y envoltorios,  con 90 trabajadores y más de 60 años de operaciones, han vuelto a respirar al comprobar que el Banco Popular no va a recurrir una sentencia del juzgado de primera Instancia número 2 de Vitoria que anula el producto tóxico financiero y obliga a la entidad a deshacer toda la operación y pagar las costas. La abogada Marisa Gracia, de Ausbanc, que demandó al banco ha denunciado la "quiebra de confianza entre la entidad y el cliente que supone la colocación de ese tipo de productos que se comercializan como inocuos e incluso beneficiosos". "En los paquetes de tabaco pone Fumar mata, luego tu decides si fumas o no, pero en la carátula de estos productos no pone Consumirlo te arruina", ha criticado el presidente de la asociación de defensa de los consumidores, Luis Pineda.

La empresa alavesa se encontró con que después de superar la crisis con ventas y crecimiento, iban a tener que echar la persiana por los costes derivados de un producto financiero que les asemejaron a un tipo de seguro. Primero pidieron un crédito de cinco millones para ampliar el negocio y comprar un pabellón con el que seguir creciendo y desde el Banco La Vasconia, ahora Banco Popular, les ofreció un producto que les cubría contra eventuales subidas del euribor, al que estaba referenciado el crédito. Se trataba de un "swap apalancado Euribor-BBVA" con un nominal de cinco millones, el equivalente al crédito solicitado, que les generó una obligación de pago de 2,5 millones de euros. Un desastre para la empresa que el banco de toda la vida, y su gestor de toda la vida, resolvió con otro producto financiero que incorporaba esa deuda y que se llamaba "Put spread s/BBVA con barrera". De ese les colocó 7,5 millones, los cinco iniciales más los 2,5 de deudea que había generado el anterior. Este, que en teoría era más beneficioso les abió un agujero total de casi cinco millones de euros. Una ruina.

El producto hacía una apuesta sobre el valor futuro de las acciones de BBVA"
Ha quedado demostrado el vicio de consentimiento"

El producto era un  “swap” o permuta financiera al que se añadía otro producto de especial complejidad denominado “put” sobre acciones BBVA por el Banco Vasconia. En definitiva, un cóctel de productos “endiablados” ya que a la complejidad propia de un swap -que se vendió como un seguro contra la subida de los tipos de interés- se unió un contrato en el que la empresa se juega el nominal del swap al precio de las acciones que el banco haya predeterminado.Es decir si al final del vencimiento las acciones habían subido, el contratante ganaba, pero su victoria era quedarse igual, porque el producto de desactivaba. Ahora bien si las acciones bajaban del precio pactado, la empresa se hacía cargo de la diferencia, multiplicada por el nominal: 2,5 millones de obligación de pago en el primero de los productos.

El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vitoria-Gasteiz en sentencia de fecha catorce de enero de 2014 estimó la demanda de juicio ordinario sobre nulidad de contrato presentada por los servicios jurídicos de Ausbanc declarando nulos el contrato marco de operaciones financieras suscrito el 24 de abril de 2007, el contrato de confirmación “swap apalancado Euribor-BBVA” con fecha de operación de 6 de julio de 2007, y el contrato de confirmación “put spread s/BBVA con barrera”, de fecha de operación de 31 de julio de 2009.”

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La abogada, ex magistrada y profesora de la Universidad de Deusto, Marisa Gracia, impuso su tesis sobre el vicio de consetimiento. El juzgador concluye que “la conformidad prestada por la demandante a la hora de consentir telefónicamente, primero, y luego, a la hora de firmar, los contratos de confirmación discutidos, con posterioridad se encontraba viciada” por clara falta de conocimiento suficiente del producto del empresario. Además estima que hay una clara desproporción en el riesgo asumido por cada parte, que precisamente es consecuencia del desconocimiento del contenido del propio contrato y finalmente critica que el producto se ofertó como un seguro contra riesgo de intereses ante las previsibles subidas de los tipos, en relación con la deuda variable que tenía el demandante en el citado momento, pero no se explicaron los riesgos en caso de bajada, que es lo que sucedió.

"En Vitoria ganamos el primer jucio por swap, y todavía tenemos más", ha dicho Gracia. Pineda ha asegurado que a la vista del éxito de Gracia y del resto de compañeros de los servicios jurídicos -son ya más de doscientas las sentencias ganadas en esta materia ante Audiencias Provinciales con un total de sentencias –incluidas las de instancia- ya cercano a las 800- van a poner en marcha una campaña para defender a las pymes ante este tipo de abusos, "además de conseguir unas oficinas mayores para Marisa Gracia y su equipo", se ha comprometido

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Sobre la firma

Pedro Gorospe
Corresponsal en el País Vasco cubre la actualidad política, social y económica. Licenciado en Ciencias de la Información por la UPV-EHU, perteneció a las redacciones de la nueva Gaceta del Norte, Deia, Gaur Express y como productor la televisión pública vasca EITB antes de llegar a EL PAÍS. Es autor del libro El inconformismo de Koldo Saratxaga.

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