_
_
_
_
_

La Ciudadanía en inglés se salda con 10.000 euros en costas para el Consell

El pago del último recurso de casación ante el Supremo cierra un proceso multilateral de seis años

Un aspecto de una manifestación de protesta en Alicante contra la Educación para la Ciudadanía en inglés.
Un aspecto de una manifestación de protesta en Alicante contra la Educación para la Ciudadanía en inglés.Olivares Navarro

El boicot del Gobierno que presidió Francisco Camps a la asignatura Educación para la Ciudadanía ha supuesto a la Generalitat 10.000 euros en costas judiciales por tres recursos interpuestos ante el Tribunal Supremo. El sindicato FETE-UGT ha recibido este mes el ingreso correspondiente al último recurso de casación interpuesto por el Consell contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) desfavorable a la impartición en inglés de la asignatura, a su sustitución por un trabajo alternativo y a la objeción a esta materia. Esta era la última de las tres sentencias del Supremo, firmes y desestimatorias de los recursos de casación que la Abogacía de la Generalitat planteó contra los fallos del TSJCV que daban la razón a CC OO del PV y al STEPV y que suponían el pago de costas para el recurrente. O sea, la Generalitat.

 El pago de estos importes marca el final de un contencioso multilateral que arrancó hace casi seis años, con la polémica orden de junio de 2008. Con ella, la Consejería de Educación pretendía responder “a las demandas de una sociedad que desea avanzar hacia el plurilingüismo a través de la impartición en inglés de la materia”. El consejero firmante, Alejandro Font de Mora entendía que esta pretensión se veía favorecida por “las especiales características de la materia, que contiene una terminología limitada y poco especializada, de fácil comprensión por parte del alumno”. La idea provocó las protestas educativas más multitudinarias habidas en la Comunidad Valenciana en lo que va de siglo. La primera sentencia del TSJCV, de julio de 2009, contraria a las pretensiones pedagógicas de Font de Mora, daba la razón a la Federació de CC OO del País Valenciano y a la Abogacía del Estado. El fallo suspendía cautelarmente parte de la orden. En parecidos términos respondía la siguiente sentencia al recurso interpuesto por el Sindicat de Treballadors de l’Ensenyament del PV (STEPV); anulaba, además, una resolución posterior a la orden que posibilitaba la presencia simultánea en el aula del profesorado especialista en lengua inglesa, junto al de filosofía. El último sindicato en recurrir fue FETE-UGT que obtuvo igualmente sentencia estimatoria, donde se incorporaba la doctrina del Supremo relativa a la objeción a la asignatura. Font de Mora recurrió en casación los tres fallos judiciales autonómicos y a los tres dio calabazas el Tribunal Supremo.

El último desembolso de la tesorería autonómica cierra la serie de procedimientos judiciales resultante de lo que los tres sindicatos han calificado en todo momento de obstinación. Representantes de los tres sindicatos coinciden en señalar que las costas judiciales “deberían haber salido de los bolsillos de Font de Mora y Concha Gómez”, máximos responsables de la Consejería de Educación e impulsores de la orden recurrida, por el empecinamiento en mantener una iniciativa que había provocado el rechazo de la práctica totalidad de la comunidad educativa y que fue recurrida también por la abogacía del Estado. También en este caso impuso costas, aunque subrayó que era por imperativo legal.

En su última sentencia, de julio de 2012, el Supremo destacaba la reiteración en el empeño de la Generalitat. Le recordaba que los tres motivos de casación que esgrimía la Abogacía autonómica eran “práctica reproducción de tres que en la misma parte recurrente, la Administración de la Comunidad Valenciana, formuló en los recursos de casación” interpuestos contra las tres sentencias precedentes sobre el mismo asunto, “y que fueron sucesivamente desestimados por las nuestras de 22 de noviembre de 2011, 17 y 18 de enero de 2012”. En consecuencia, el alto tribunal, reprodujo párrafos enteros de las anteriores sentencias y le impuso las mismas costas judiciales que en los fallos precedentes.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_