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Navantia tendrá que indemnizar a la familia de un operario víctima de amianto

Un juez cree que la empresa no tomó suficientes medidas pese a que conocía los riesgos del material para la salud

Un trabajador de Navantia en el astillero de San Fernando-Puerto Real (Cádiz).
Un trabajador de Navantia en el astillero de San Fernando-Puerto Real (Cádiz). EFE

El trabajo de Jerónimo Álvarez era cortar y desforrar tuberías en los astilleros de Cádiz. Cada vez que lo hacía inhalaba polvo de amianto. Entonces nadie le alertó de que aquello le costaría la vida. Jerónimo dejó de trabajar en 1983 y murió en 2011. Los informes médicos fueron los que determinaron que había fallecido por un cáncer pulmonar provocado por la exposición al amianto, ese polvo que respiraba mientras cortaba tuberías. La Seguridad Social descartó tras su muerte la obligación de indemnizar a la familia pero la justicia tiene otro criterio. El Juzgado de lo Social 2 de Cádiz ha condenado a la empresa pública Navantia a pagar 100.00 euros a los hijos y la viuda. La sentencia dice que la compañía tomó medidas, pero no suficientes para evitar los riesgos porque ya entonces se sabía que ese material no era inocuo. Un estudio de los sindicatos calcula que en los próximos 16 años otros 30.000 españoles morirán por el mismo motivo.

Cuando Jerónimo Álvarez murió el 27 de julio de 2011, su familia reclamó al Instituto Nacional de la Seguridad Social una indemnización por “contingencia profesional”, algo con lo que podían incrementar la pensión que les iba a quedar. Lo hicieron porque un informe médico del Hospital Puerta del Mar establecía que una posible causa de la muerte, un cáncer pulmonar, podía estar originada en la actividad profesional del fallecido. Pero el organismo estatal se lo denegó. “No se puede acreditar la categoría del causante ni en qué empresa contrajo la enfermedad”, resolvió.

Pero meses después el Equipo de Valoración de Incapacidades, el EVI, emitió otro informe que ha resultado determinante. En él se estableció que la causa de la muerte era profesional y con ese informe la familia presentó la demanda que formalizó el bufete Ortiz Abogados en el juzgado gaditano. El letrado Juan Manuel Priego reclamaba 150.000 euros para la viuda y 25.000 euros para cada uno de los dos hijos de Jerónimo. La condena se ha quedado en la mitad, 81.634 euros para la viuda y 9.070 para cada hijo. Es la cantidad que el juzgado ha establecido en similitud con los accidentes de tráfico.

El fallecido estuvo empleado en la factorías navales, en la empresa matriz y varias auxiliares, entre 1957 y 1963. La sentencia, que es recurrible, es importante para miles de afectados por el uso del amianto porque establece que los astilleros públicos españoles si eran conscientes del riesgo que suponía utilizar este material en los años 50, 60 y 70. “La asbestosis como enfermedad peligrosa se conoce desde 1927 por lo que (…) las empresas que lo utilizaban sabían que no era inocuo”, reza el texto. “El desconocer efectos negativos a medio o largo plazo no elimina el deber dinámico de análisis”. El juez admite que la empresa, entonces AESA, sí tomó medidas preventivas pero añade que “eso no la exime de un nivel de cumplimiento suficiente”.

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