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El TSJA confirma la condena de 40 años contra José Bretón

El tribunal también ha desestimado los recursos presentados por Ruth Ortiz para que le devolvieran los restos óseos de sus hijos

José Bretón, durante el juicio sobre la muerte de sus hijos.
José Bretón, durante el juicio sobre la muerte de sus hijos.EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia a 40 años de cárcel contra José Bretón por el asesinato de sus hijos Ruth y José. El TSJA también ha desestimado los recursos que había presentado la abogada de la acusación particular, Reposo Carrero, para que le devolvieran los restos óseos de los dos hermanos de seis y dos años a su madre, Ruth Ortiz. La sentencia aún no es firme y todavía se puede recurrir al Tribunal Supremo.

La sentencia recuerda que "una de las principales líneas de la defensa de José Bretón ha sido a lo largo de todo el procedimiento la de intentar provocar una duda razonable sobre la identidad de los restos óseos" hallados en la hoguera de la finca que la familia de José Bretón tenía en Las Quemadillas, a las afueras de Córdoba. Los tres jueces de la sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia sostienen que "las eventuales irregularidades" en el proceso de identificación de los restos o no son tales "o no tienen entidad como para comprometer la validez" de la prueba pericial realizada.

Además, los magistrados añaden que el argumento esgrimido por el abogado de José Bretón, José María Sánchez de Puerta, de que durante el juicio el presidente del tribunal no le dejó interrogar a los policías sobre la ruptura de la cadena de custodia no es cierto. "La defensa tuvo y aprovechó en el juicio la oportunidad de sostener la ruptura de la cadena de custodia, y al efecto, tanto la defensa como las acusaciones, formularon preguntas directas y concretas a los intervinientes".

El letrado de Bretón también alegó que al retransmitirse el juicio por televisión los testigos llegaban condicionados a la sala. El TSJA asegura que la defensa "tuvo ocasión de alertar al jurado sobre esta circunstancia" y no lo hizo, y concluye que "al margen de vagas y anecdóticas alusiones, la defensa no ha podido acreditar en la forma procesalmente prevista ningún elemento relevante de ninguna declaración que viniera inducida por esta supuesta contaminación y que haya resultado condicionante del veredicto".

Los jueces han rechazado también el recurso presentado por la madre de los pequeños, Ruth Ortiz, para poder tener los huesos de los niños, darles un entierro e inscribir su fallecimiento en el registro civil. El TSJA se declara incompetente para valorar este recurso, ya que insiste en que la sentencia aún no es firme y que mientras tanto los huesos están custodiados en la Audiencia Provincial de Córdoba.

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