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Garrido recuerda que es la delegación quien debe pedir la intervención del juez

Considera que el caso del exalcalde de Llodio es "evidente y sencillo" frente al de Artola

Luis Garrido, responsable de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Luis Garrido, responsable de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.Txetxu Berruezo

El miembro de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Luis Garrido, ha recordado hoy que el juez no puede actuar de oficio en el caso de la txupinera de la Aste Nagusia y que son las partes interesadas, en este caso la Delegación del Gobierno, quienes deben pedir su intervención. En una entrevista concedida en Radio Euskadi, ha explicado que los magistrados únicamente pueden actuar de oficio en casos penales, y que el asunto de la txupinera, Jone Artola, pertenece a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Garrido ha respondido así a las críticas de algunos dirigentes del PP, que han lamentado estos días la inacción judicial en el caso de la txupinera de la Aste Nagusia, por participar en varios actos del programa de fiestas de la capital vizcaína, pese a que su nombramiento fue suspendido judicialmente en un proceso iniciado a instancias, precisamente, de la Delegación del Gobierno en el País Vasco. "En el caso de una resolución en lo contencioso, si la parte interesada, en este caso la Delegación, considera que ha habido desobediencia y la Justicia debe actuar, debe pedirlo", ha explicado.

Ha recordado también que la suspensión de este nombramiento, basado en su presunta relación con los presos de ETA como integrante de Etxerat, es una medida cautelar y que debe abrirse un proceso que se prolongará durante unos meses para decidir sobre el fondo del asunto.

Este magistrado ha comparado el caso de Artola con el del pregonero también suspendido de las fiestas de Llodio, Pablo Gorostiaga, quien se encuentra en prisión por el sumario 18/98, abierto contra el denominado "aparato político" de ETA, Ekin, y otras organizaciones consideradas del entorno de la banda terrorista. Según ha dicho, el caso Gorostiaga "es evidente y sencillo" porque "encaja" en la Ley de Protección de Víctimas del Terrorismo, mientras que en el caso de Artola "puede haber alguna duda más, es un caso que necesita más elaboración, no sale directamente".

La amnistia general es "imposible juridicamente"

El juez también se ha referido a los casos de presos de ETA desvinculados completamente de la banda y acogidos a la denominada "vía Nanclares" y que gozan de permisos penitenciarios, y ha mantenido que "si cumplen la ley, no hay otra opción que concederlos, aunque siente mal a las víctimas".

Ha citado al preso expulsado de ETA Valentín Lasarte, condenado por varios asesinatos entre ellos el del dirigente del PP Gregorio Ordóñez, como un asunto de "claro" cumplimiento de la ley, aunque ha precisado que hay otros casos "más dudosos o límites", como el de Josu Uribetxebarria Bolinaga, quien salió de prisión por una enfermedad terminal. "En este último caso depende de la interpretación de los informes médicos", ha puntualizado.

Sobre la posibilidad de una amnistía general al colectivo etarra, Garrido ha mantenido que resulta "imposible jurídicamente" y que para conceder dicha amnistía habría que reformar la Constitución.

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